ISABEL BARRANTES 

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se regula la estructura, composición y funcionamiento del Observatorio Extremeño contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género.

Se trata de un órgano colegiado, consultivo y de participación social que tiene como finalidad la identificación de necesidades y la promoción de la igualdad real y efectiva del colectivo LGBTI en las diversas esferas de la vida económica, política, cultural, laboral y social, así como de lucha contra la homofobia, bifobia, lesbofobia y/o transfobia.

Mediante este decreto se desarrolla lo dispuesto en la Ley 12/2015, de 8 de abril, de Igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Entre otras funciones, el Observatorio podrá realizar estudios, propuestas y recomendaciones en materia de normas y políticas públicas para la garantía de los derechos de las personas LGBTI en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Además, podrá aportar propuestas que favorezcan la transversalidad del enfoque de los derechos de las personas LGBTI en la formulación, puesta en marcha, seguimiento y evaluación de las políticas públicas sectoriales.

El Observatorio Extremeño contra la Discriminación Sexual e Identidad de Género se estructura en un pleno y en una comisión permanente, y estará presidido por la persona titular del órgano directivo de la Junta de Extremadura competente en materia de derechos LGBTI.

Además de la Administración de la Comunidad Autónoma, en el pleno del Observatorio estarán representadas las entidades que hayan destacado por su trayectoria en favor de la igualdad de derechos LGTBI en Extremadura, la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (FEMPEX), las diputaciones provinciales, los sindicatos más representativos de la región y la Universidad de Extremadura.