El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado por un delito de calumnias con publicidad a ocho meses de multa a un hombre que acusó en Facebook al exalcalde de Cañaveral de pagar con dinero público un viaje a Sudamérica para adoptar a una niña.

El acusado es un hombre mayor de edad y sin antecedentes que entre junio y agosto de 2015 realizó varios comentarios en Facebook dirigidos contra el que había sido alcalde del Ayuntamiento de Cañaveral, hasta el mes de mayo de 2015, Emilio D. M.

La sentencia considera probado que «a sabiendas de la difusión que tendrían» sus comentarios, el acusado utilizó el grupo «Hacemos Cañaveral» que se había creado en esta red social acusando al exalcalde de haber realizado durante el desempeño del cargo hechos de relevancia penal.

Uno de esos comentarios decía textualmente: «Qué vergüenza, y eso que los que estábamos lejos y al mismo tiempo cerca nos hagan creer que en el pueblo estaba todo bien, y claro, un viajito a Sudamérica, pagado con dinero del pueblo para adoptar a una niña, que ahora sabemos que es del pueblo».

También incluyó comentarios similares en otro grupo de Facebook llamado «Cañaveral de las limas» en el que escribió: «Ahí es donde se ve lo mucho que quería seguir en el puesto, para robar y endeudar al pueblo, que por lo que tengo entendido debe más de 2 millones de euros, y dejar a más de un trabajador sin cobrar, es lo que tiene estar en el poder y encima creérselo, para mi es una persona muy prepotente y faltarle al respeto a la Alcaldesa y no por ser Alcaldesa sino por ser mujer, que ya está bien que gobiernen».

El procedimiento se incoó en el año 2016 y ha estado mucho tiempo paralizado por causas no imputables al acusado, por lo que la sentencia tiene en cuenta la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. La pena acordada es de ocho meses de multa con una cuota diaria de seis euros y responsabilidad subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que resulten impagadas. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.