El Diario Oficial de Extremadura publica hoy el decreto de ayudas a planes de mejora y modernización en las explotaciones agrarias de regadío junto con la orden de convocatoria para este año, que contempla 3 millones de euros, y en la que se priorizarán las solicitudes de las parcelas dedicadas al cultivo del tabaco y de la vid.

La finalidad de las mismas es incentivar las inversiones en las explotaciones de regadío que permitan la realización de obras, instalaciones y cambio en el método de riego que mejoren la eficiencia en el uso del agua así como el ahorro de los recursos hídricos y energéticos.

Las ayudas, cofinanciadas en un 75% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), fijan 500.000 euros para actuaciones en parcelas de tabaco, otros 500.000 para las de cultivo de viñedo, y 2 millones de euros para el resto de explotaciones que lo soliciten.

La convocatoria contempla la posibilidad de financiar los planes de mejora y modernización presentados por los agricultores hasta un máximo de 200.000 euros por explotación.

Para ello, según esa normativa, las inversiones que pueden acogerse a esta línea van desde las obras de mejora e instalaciones para la captación y regulación del agua; el establecimiento de nuevos métodos de riego que supongan una reducción del consumo de agua y energía; la ejecución de obras e instalaciones complementarias de control, regulación, impulsión, filtrado, fertirrigación, distribución, electrificación, automatización y telecontrol e introducción de mejoras tecnológicas, entre otras acciones.

Los beneficiarios serán las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única o en régimen de titularidad compartida, y las personas jurídicas que, entre otros requisitos, sean titulares de una explotación agraria situada en Extremadura, que a la fecha de la presentación de la solicitud esté inscrita en los correspondientes Registros de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía con las parcelas de regadío que sean objeto de la inversión.

Además, que en el caso de personas jurídicas, en sus estatutos figure como objeto social la actividad agraria y estar constituidas, como mínimo, con un año de antelación a la presentación de la solicitud de ayuda, y en el caso de personas físicas, no estar jubilado, igualmente, a fecha de presentación de la solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado a partir de mañana jueves, día 8.