Unos 12.000 olivareros y 4.200 viticultores se beneficiarán de ayudas de la Junta de Extremadura a préstamos dirigidos a financiar los sectores productivos del olivar y la viña de explotaciones ubicadas en la región.

Dichas ayudas, aprobadas mediante decreto por el Consejo de Gobierno autonómico, contarán con un presupuesto de 2,2 millones de euros que el consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan María Vázquez, espera supongan "un balón de oxígeno para que al menos durante de una campaña un número importante de olivareros y viticultores puedan llevar mejor el mal año que están teniendo".

   En rueda de prensa tras la celebración del consejo, Vázquez explicó que podrán ser beneficiarias las personas físicas, las personas jurídicas y las comunidades de bienes con domicilio fiscal en Extremadura dedicadas al cultivo del olivar y/o la vid, inscritos en el momento de la solicitud en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

   Además, deberán contar, en la estructura de su explotación, con al menos cuatro hectáreas de uno de los dos cultivos o ambos asociados y haber formalizado el préstamo subvencionable de acuerdo con lo previsto en el decreto, entre otros requisitos.

   Las ayudas se convocarán por orden del consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, y el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria y finalizará el 30 de abril de 2010.

   La subvención consistirá en la subsidiación con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de dos puntos porcentuales del tipo de interés de la primera anualidad de los préstamos subvencionables, concedidos por entidades crediticias colaboradoras, que tengan por objeto la mejora de la liquidez de las explotaciones de productores primarios de olivar y viña. El importe mínimo del préstamo subvencionado será de 3.000 euros y el máximo de 24.000 euros.

   Serán entidades colaboradoras los intermediarios financieros privados, debidamente autorizados, con los que se formalicen los préstamos y que tengan suscrito convenio de colaboración con la Administración  de la Comunidad Autónoma de Extremadura

   Finalmente, el decreto establece las obligaciones de los beneficiarios y de las entidades colaboradoras; el procedimiento y los criterios de otorgamiento de la subvención; la compatibilidad con otras ayudas; y las causas de reintegro.