ICIAR MUÑOZ

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por los tres obispados extremeños contra el decreto que regula el currículo de ESO y Secundaria, que recorta los horarios de la asignatura de Religión.

Los autores de la demanda, los obispados de Coria-Cáceresy Plasencia y el Arzobispo de Mérida-Badajoz, consideraban que la norma "lesiona" tres derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española.

El de los padres para que sus hijos reciban formación religiosa y moral de acuerdo a sus convicciones, a la libertad religiosa y de culto, y a la igualdad y no discriminación.

Los obispados criticaban en el recurso la reducción de la carga horaria de Religión, que en el primer curso de la ESO y de Bachillerato, por ejemplo, es del 50 por ciento.

Asimismo, denunciaban que en Bachillerato se "vincula de forma indisoluble e impositiva" con Ética y Ciudadanía, de nueva creación, que los alumnos de Religión deben cursar obligatoriamente, por lo que esta asignatura sólo tendrá una hora a la semana.

El TSJEx considera que el decreto "no viola la libertad religiosa por reducir su carga horaria", ya que "garantiza" su estudio, y aclara que la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) concede a las comunidades autónomas "la total libertad para fijar el horario".

Fuentes del Obispado de Coria-Cáceres han indicado que están estudiando el fallo, contra el que cabe recurso de casación.