El Consejo Asesor Forestal de Extremadura ha conocido el nuevo decreto de prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma, que unifica toda la normativa existente hasta el momento en esta materia.

La reunión ha estado presidida por el consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri, que ha destacado la idoneidad de un decreto como este, que integra en un solo documento las 15 normativas aprobadas en el año 2006, y minimiza la carga administrativa al reducir en un 60% el número de planes a presentar.

El consejero ha indicado que este nuevo decreto cumple con la función de desarrollar las previsiones de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura; y recoge en un único texto los decretos relativos a los planes de defensa de las Zonas de Alto Riesgo o de Protección Preferente y el decreto por el que se aprueba el Plan de Prevención de Incendios Forestales de Extremadura (Plan Preifex), con el objetivo de evitar la dispersión normativa existente hasta el momento.

La nueva norma contempla 32 artículos desarrollados en cinco títulos; e incluye varias disposiciones; entre ellas una para regular mediante una ordena la tramitación telemática de las solicitudes, comunicaciones previas y documentos previstos en el decreto.

Asimismo, recoge solo 5 tipos de combustible (pastizal, matorral, mancha arbustiva, frondosas y pinar) en lugar de los 13 actuales, garantiza el efecto preventivo, y adapta los planes periurbanos a la realidad del terreno.

Una vez que se apruebe este decreto, quedarán derogados otros 15 (el Plan Preifex y 14 relativos a planes de defensa de otras tantas zonas de alto riesgo). Sin embargo, seguirá vigente hasta una nueva publicación el decreto 207/2005, de 30 de agosto, que contempla la declaración de distintas zonas de alto riesgo.

Además, hasta el momento en que se dicten las respectivas órdenes de declaración de época de peligro o la orden técnica del Plan Preifex, seguirá vigente el contenido relativo a la utilización del fuego y la realización de actividades generadoras de riesgo de incendios forestales, que se regulan en el decreto 86/2006, de 2 de mayo; y en el 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales der Extremadura (Plan Infoex).