El Gobierno de Extremadura, a través de la Dirección de General de Arquitectura y Vivienda, asegura que ha mantenido diferentes contactos con los afectados de las promociones de la empresa constructora Shayver, tanto en Plasencia como en Cáceres, para tratar de ayudarles a resolver su situación. Un problema que según señalan desde la administración regional "fue provocado por el anterior Ejecutivo autonómico socialista, que no estableció garantías suficientes para los adjudicatarios de viviendas del denominado Plan 60.000".

En el caso concreto de los compradores de la promoción de La Data, Vivienda afirma que aquellos que han solicitado información han sido debidamente asesorados por el personal propio de la Consejería de Fomento.

Asimismo, indican que según el antiguo Plan de Vivienda 2009-2013, "el anterior Gobierno autonómico socialista dejaba a estas personas afectadas completamente indefensas ante la Ley. Esta norma no establecía garantía alguna sobre las cantidades ingresadas a cuenta en concepto de reserva, por los compradores de viviendas del Plan Especial (el Plan 60.000), cantidades que en ningún caso formaban parte del contrato de compraventa entre empresa y vendedor".

Esta garantía en cambio sí se estableció para el resto de topologías de viviendas protegidas, como es el caso de las VPO.

Por lo tanto, las actuaciones a las que relegó normativamente el Gobierno anterior se limitan al asesoramiento jurídico a estas personas, asesoramiento que viene a completar la buena labor de asesoría que ya están realizando los ayuntamientos de los municipios afectados. Los compradores afectados, según le consta a la Consejería de Fomento, han canalizado sus reclamaciones a la empresa adjudicataria por vía judicial. Reclamaciones que, en un ejercicio de responsabilidad, la Consejería apoyará ante los órganos judiciales frente a los que se ejerzan las acciones.

La Consejería de Fomento lamenta, por todo esto, que quienes provocaron el problema a estas familias desde el año 2008 (el PSOE y Prex-Crex) pretendan ahora erigirse en defensores de los derechos de éstas.

LA NORMATIVA LEGAL

La Dirección General de Arquitectura y Vivienda también quiere aclarar que el Gobierno de Extremadura no ha adjudicado nunca, ni puede adjudicar las viviendas de Shayver ni de ninguna promotora privada que promueva viviendas protegidas.

El Ejecutivo autonómico se ha limitado a seguir el procedimiento regulado en el Decreto aprobado en el año 2006 para el establecimiento del Registro de Demandantes de Viviendas del Plan Especial, en virtud del cual tan solo se establecía, a través de un sorteo, el orden por el que los interesados en adquirir una vivienda protegida tendrían que ser llamados por las promotoras para ofrecerles una vivienda.

A la fecha en que se hizo la última comunicación a los inscritos en el registro para las viviendas de Shayver no existía ningún impedimento, ni legal ni técnico, para la realización de tal llamamiento. Este ha sido el funcionamiento habitual y el normal proceder mientras existió el registro de demandantes.

Se trata de un procedimiento intervencionista del mercado de vivienda protegida, establecido por los anteriores Ejecutivos que ha sido primero modificado para evitar su obligatoriedad y posteriormente suprimido por el Gobierno autonómico actual.

La normativa vigente exige la constitución de garantías o avales para las cantidades que aportan los compradores de viviendas protegidas cuando estas están incluidas en los contratos de compra-venta que son visados por la Administración. En ningún caso la Administración puede garantizar la entrega de cantidades de los compradores a los promotores fuera de ese marco jurídico, como es el caso de los compradores de las viviendas de Shayver, quienes aportaron cantidades en concepto de reserva de una vivienda y sin que se formalizaran y visaran por la Administración posteriormente los contratos de venta.

Ante las informaciones recibidas en la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, entre junio y agosto del año 2012 se enviaron comunicaciones a la promotora Shayver reclamando que informara acerca de en qué concepto había percibido como promotora cantidades de compradores de promociones de vivienda en Plasencia para las que había solicitado calificación provisional el 15 de noviembre de 2007.

El objeto era determinar si se había cometido alguna ilegalidad por no estar debidamente garantizadas y por no mediar la solicitud por parte de la promotora para percibir cantidades a cuenta. Ninguno de estos requerimientos fue atendido. Todo hace pensar que las cantidades se dieron en concepto de señal, sin mediar contrato y, por tanto, fuera de la posible intervención administrativa de control.

RELACIONES PRIVADAS

Además, al tratarse de un acuerdo privado, en esta Administración no se tenía constancia de la realización de esos pagos porque no había ninguna norma que lo prescribiera. A todos los reclamantes que como compradores se dirigieron a la Dirección General se les informó de que se trataba de relaciones jurídico-privadas entre la empresa promotora y ellos, no sujetas a intervención administrativa alguna. Distinto hubiera sido si se hubieran visado contratos con anticipos o cantidades entregadas a cuenta, supuesto en el cual se les habría exigido el correspondiente aval.

Respecto de la recuperación de los suelos en los que la promotora Shayver iba a construir las viviendas hay que recordar que el PIR de la Data fue aprobado por Gobiernos anteriores y declarado nulo por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de fecha 21 de julio de 2009. Para subsanar los errores cometidos entonces se aprobó el 28 de octubre de 2010 una modificación puntual para salvar la actuación y validar todo lo realizado en el PIR. Esta modificación ha sido recurrida y está actualmente en el Contencioso administrativo.