El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha dado el visto bueno a un proyecto de decreto por el que se atribuyen competencias en materia de seguridad de presas, embalses y balsas ubicadas fuera del dominio público hidráulico.

El Real Decreto 9/2008, actualmente en vigor, modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, estableciendo una nueva regulación en materia de seguridad de presas, embalses y balsas.

La citada normativa atribuye a las Comunidades Autónomas la designación de los órganos competentes en materia de seguridad tanto dentro como fuera del dominio público hidráulico.

En el caso de Extremadura, la Comunidad Autónoma regulará únicamente las infraestructuras situadas fuera del dominio, puesto que todas las cuencas autonómicas son intracomunitarias.

Por este motivo, este proyecto de decreto regula las competencias de las consejerías de Fomento y Agricultura y Desarrollo Rural, y crea el registro de presas, embalses y balsas de Extremadura.

De este modo, las competencias, excepto en materia de regadío, recaerán en la Dirección General que ejerza las competencias de Agua (actualmente la Dirección General de Infraestructuras y Agua, adscrita a la Consejería de Fomento), que será la encargada de aprobar los planes de emergencia; crear y gestionar el registro de seguridad de presas, embalses y balsas; y evaluar el contenido de las revisiones de seguridad.

Por último, la Dirección General competente en materia de regadío informará de la construcción de nuevas presas dedicadas a este fin y establecerá los condicionantes a la explotación ordinaria de estas infraestructuras.