Desde el pasado mes de abril, la financiación del bono social eléctrico ha cambiado. Se ha aprobado un nuevo modelo de financiación del bono social eléctrico que repercute no solo en las comercializadoras si no en toda la cadena de suministro de electricidad, trasladando este coste a los clientes sin previo aviso, de forma unilateral.  Además, salvo error, ya que desde Iberdrola no han facilitado información a sus clientes, no han descontado previamente lo que cobraban ya al consumidor con el método antiguo. 

La Unión de Consumidores de Extremadura informa de que les parece lamentable que el bono social eléctrico sea utilizado por las eléctricas para añadir más desorden a la factura, incrementando los costes del servicio eléctrico para los consumidores. Dicen que hasta ahora, la financiación del bono social recaía únicamente en las comercializadoras, pero una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado que no se puede aplicar el modelo de financiación vigente desde 2016, que hacía recaer el coste del bono social sobre las compañías comercializadoras de energía. Tras la publicación del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, se ha establecido un nuevo mecanismo de financiación del bono social, que será asumido por los sujetos que participan en las actividades de la cadena de suministro de energía eléctrica: (distribuidoras, comercializadoras, empresas generadoras…) contribuyen a su financiación.

Las reacciones a esta nueva norma han sido realmente rápidas y compañías como Iberdrola se han apresurado a trasladar directamente ese coste a sus clientes y es que Unión de Consumidores de Extremadura, dicen que ya han recibido en sus oficinas las primeras consultas de clientes de Iberdrola que han visto en su factura un nuevo concepto: Financiación Bono Social, donde se les cobra un importe “diario” para hacer frente al bono social de 0,03 euros al día, un montante final de 11,15 euros al año más impuestos. 

Dicen desde la Unión de Consumidores de Extremadura, que hasta ahora, Iberdrola al igual que el resto de compañías, integraba en el monto de su factura el coste que les suponía la financiación del bono social, pero ahora, ha optado por reflejarlo por separado en su factura, considerándolo como un nuevo coste regulado que debe pagar el consumidor en la factura, sin que ello afecte a un cambio de condiciones en el contrato que mantiene con su cliente, entendiendo que no está obligada a comunicarlo a consumidor con previo aviso. 

Sin embargo, desde la Unión de Consumidores de Extremadura señalan que entienden que el derecho a la información del consumidor no puede ser vulnerado, e «Iberdrola debería de haber informado con previo aviso a sus clientes, detallándoles que este modelo de financiación ha reemplazado al antiguo, lo que debería conllevar un ahorro de costes que es trasladado igualmente a la factura del consumidor, descontando previamente la rebaja de costes con la anulación del modelo anterior, y aplicando esta rebaja al coste del servicio del consumidor». 

Desde UCE  lamentan la actuación de algunas comercializadoras eléctricas que llevan a cabo modificaciones en el contrato del consumidor de forma unilateral, afectando directamente a las economías domésticas, ya que dicen, «el cambio de una norma no puede servir de excusa para enmarañar más si cabe la ya complicada factura eléctrica». Además, recomiendan a los consumidores revisar sus facturas de suministros, para comprobar los posibles cambios de precios  que se puedan llevar cabo sin su consentimiento,  y reclamar si se ha producido sin la aceptación del consumidor.