El Ayuntamiento de Coria ha destacado que las ayudas a autónomos y empresarios locales han sido lo “más ajustado posible a la realidad de cada empresa” así lo han apuntado desde el consistorio cauriense tras las declaraciones del grupo municipal socialista en las que se apuntaba que había diferente económica entre unas y otras entidades.

Desde el consistorio han apuntado que “las empresas de la localidad son muy diversas y cada una de ellas tiene una situación concreta diferente”.

Asimismo, han apuntado que el departamento de Desarrollo Local ha estado trabajando “con esfuerzo y dedicación en la redacción de las bases para que las ayudas pudieran llegar a todos los empresarios y autónomos que cumplan con los requisitos que se incluyen en las bases”.

En las bases de la convocatoria, han explicado, se determina una parte fija que se otorga a todas las empresas y la cantidad otorgada a cada empresa por el tramo fijo se realizan según el sector de actividad en el que está encuadrada la empresa, ya que se ha valorado que todos los sectores no se han visto igual de afectados.

Después hay otro tramo que es variable, para el cálculo del tramo variable se ha estudiado cada empresa concreta, analizando la situación específica de cada una de ellas, donde se valora si la empresa tiene alquiler o hipoteca y su valor concreto, si tiene personal a su cargo y el número de trabajadores, además de si los han mantenido o los han enviado a un ERTE. También se valora si tiene o no stock y si es perecedero o se devalúa, y por último se ha tenido en cuenta el volumen de facturación y si ha tenido un cierre total o ha podido mantener su actividad on line.

“La cuantía dependerá de la empresa en concreto, por lo que consideramos que no genera desigualdad, sino todo lo contrario es lo más ajustado posible a la situación real de cada una de las empresas o autónomos que han solicitado ser beneficiarios de la subvención municipal”, han subrayado desde el ayuntamiento.

Del mismo modo, han aseverado que tanto la regulación jurídica tanto autonómica como estatal permiten concluir que para ser beneficiario de ayudas o subvenciones públicas se precisa ser persona física o jurídica, entendiendo que la expresión Entidades públicas o privadas denominadas en la ley se refieren a personas jurídicas públicas o privadas. En efecto, han apuntado, la capacidad jurídica y la general de obrar sólo pueden predicarse de las personas naturales o físicas y de las jurídicas reconocidas por la Ley o a las que ésta conceda personalidad propia, conforme establece el artículo 35 del Código Civil.