El brote epidemiológico que surgió hace una semana en la Finca La Barquilla, pedanía de Talayuela, ha elevado la cifra de contagiados hasta los 56 positivos en este municipio cacereño, en el que la celebración de un bautizo fue el desencadenante de una situación sanitaria crítica que afecta mayoritariamente a inmigrantes de origen magrebí.

El foco se localiza en una explotación agraria en la que se han detectado ya 53 casos activos, pues los tres restantes se encuentran en el municipio de Talayuela, a unos 16 kilómetros de la pedanía. La Finca La Barquilla tiene 345 residentes, muchos de los cuales participaron en la celebración que pudo dar origen al brote.

El pasado viernes, la Junta de Extremadura fue autorizada a adoptar medidas de intervención administrativa que restringen la libre circulación de personas fuera de la explotación tras la detección de este brote epidemiológico de Covid-19 que inicialmente afectaba a 13 ciudadanos y que se ha ido incrementando a medida que se realizaban pruebas PCR a los habitantes del núcleo.

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales dictó el pasado viernes una resolución para la contención del brote a petición del Ayuntamiento de Talayuela. La medida tendrá «carácter específico y temporal», estará en vigor hasta el fin de semana del 4 de septiembre y se mantendrá un dispositivo especial de vigilancia para evitar la propagación.

El ayuntamiento ha informado este lunes que las últimas pruebas realizadas a los residentes en la finca han concluido con 12 nuevos positivos por Covid-19 y además ha surgido un nuevo contagiado en el municipio de Talayuela. Al mismo tiempo han recibido el alta epidemiológica dos de los positivos que había en la localidad, por lo que la situación, a fecha de hoy, es de 56 contagiados, de los cuales 53 se localizan en La Barquilla.

La mayoría de afectados son jornaleros del tabaco y el espárrago, aunque las medidas restrictivas que se han adoptado afectan también a los propietarios de las explotaciones ubicadas en la finca y a aquellos titulares de cualquier actividad económica, empresarial o de establecimientos públicos.

Durante 14 días desde la autorización judicial sólo están permitidos los desplazamientos motivados por asistencia a centros sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual, así como la asistencia y cuidado de personas mayores, menores, dependientes, discapacitadas o vulnerables.

La circulación por carretera y por los viales que atraviesen la finca está permitida siempre que tengan origen y destino fuera del lugar afectado por el brote. Dentro del núcleo de población está permitida la libre circulación de personas, aunque el ayuntamiento lo ha desaconsejado.