El Ayuntamiento de Plasencia ha creado un de actuación ante situaciones de conflicto por acoso moral en el trabajo cuyo ámbito de aplicación afectará al personal del consistorio en todos sus centros e instalaciones.

El protocolo, que se encuentra en su primera revisión, contempla la obligatoriedad de informar a las empresas externas contratadas y entidades que reciban los encargos municipales de ser informadas de la existencia de este procedimiento de actuación ante situaciones de acoso moral.

En el caso de que se produzca un caso de acoso en el que estén implicado personal del Ayuntamiento de Plasencia y de la empresa externa contratada se aplicarán los mecanismos de coordinación empresarial y habrá una comunicación recíproca del caso con la finalidad de llegar a un acuerdo sobre la forma de abordarlo. En todo caso se comunicará al Comité de Arbitraje o la Comisión de Valoración creados al efecto.

El protocolo establece que toda persona que considere que ha sido objeto de acoso laboral tiene derecho a presentar una reclamación interna para buscar una solución al problema planteado con independencia de las acciones administrativas o penales que la persona afectada pueda ejercer libremente. No obstante, la aplicación del protocolo quedará suspendida cuando se tenga noticia de la apertura de procedimientos administrativos disciplinarios, o demandas o querellas ante la jurisdicción o la autoridad competente.

Para que se produzca una situación de acoso, los hechos “deben producirse de forma reiterada, excluyendo los hechos o conflictos aislados entre trabajadores, ya que se trata de acciones que obedecen a un propósito o efecto concreto (crear vacío laboral o menoscabo en su dignidad)”, asegura el texto que se ha dado a conocer. Por ello, la exposición a estos comportamientos debe producirse durante un periodo de tiempo prolongado que implique una repetición o periodicidad regular.

El Comité de Arbitraje funcionará como una comisión técnica especializada encargada de llevar a cabo el trabajo de investigación de los hechos, de mediar entre las partes y proponer medidas encaminadas a la solución del conflicto. Tendrá el carácter de órgano asesor e informativo, actuará bajo la directa responsabilidad del alcalde y contará con la supervisión del Concejal Delegado del Área de Recursos Humanos competente.

El protocolo será de aplicación desde el momento de su aprobación realizada por el órgano de gobierno correspondiente.