Día: 2 de diciembre de 2016

El alumnado repetidor de segundo de bachillerato sólo deberá cursar las asignaturas suspensas

La Consejería de Educación y Empleo ha establecido que el alumnado repetidor de segundo de Bachillerato sólo deberá cursar las asignaturas suspensas y que la superación de estas materias pendientes será suficiente para la obtención del título de Bachiller. El alumnado que se encuentre repitiendo podrá optar por anular la matrícula de las asignaturas troncales correspondientes al currículo LOMCE.

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