ICIAR MUÑOZ

Efectivos  del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil con sede en Coria han detenido a un vecino de Ceclavín, de 45 años, por tener en una finca de esta localidad burros, mulos y caballos "en pésimas condiciones higiénico sanitarias", sin comida y apenas agua.

La actuación comenzó cuando a finales del pasado mes de agosto la Guardia Civil tuvo conocimiento de un posible delito de maltrato animal en una finca situada en el término municipal de Ceclavín, cometido supuestamente por un vecino de la misma localidad.

Una vez allí, encontraron animales equínos, tanto burros como mulos y caballos, "en pésimas condiciones higiénico sanitarias", ya que presentaban "una extrema delgadez y algunos de ellos fracturas y heridas de consideración, sin haber recibido tratamiento sanitario o veterinario", según ha informado la Guardia Civil en una nota de prensa.

Así, durante la inspección realizada en las instalaciones donde se alojaban los animales, por agentes del SEPRONA y facultativos veterinarios del Servicio de Sanidad Animal de la Junta de Extremadura, observaron la inexistencia de alimento en los comederos, así como escaso aporte de agua para el abrevado de los mismos, pese a la época estival actual en la cual se estaban alcanzando temperaturas de 40º C. Además, pudieron localizar restos óseos de al menos otros cinco ejemplares muertos, un osario con restos de huesos de animales calcinados y el cadáver de un caballo semienterrado, el cual presentaba el cráneo al descubierto, todo ello sin haber sido retirados por el propietario o titular de la explotación a lo largo del tiempo. 

Por estos hechos, la Guardia Civil ha procedido a la detención de una persona, varón de 45 años de edad, vecino de la localidad de Ceclavín, por un supuesto delito de maltrato animal, por abandono y cuidado de los animales.

La Autoridad Judicial ha acordado a petición del Ministerio Fiscal, la adopción de medidas cautelares, consistentes en la privación provisional al detenido de la posesión, custodia, mantenimiento y cualquier otro derecho de todos los equinos vivos que se encontraban en la explotación, así como el deposito cautelar durante la tramitación de la causa o hasta que se disponga en otro sentido, de los citados equinos vivos en Asociaciones protectoras de animales, ante la necesidad absoluta y decisiva de que dichos animales reciban alimentación y tratamiento sanitario urgentes.