La Junta de Extremadura ha señalado que no existe ninguna exigencia jurídica que obligue a esperar a una cumbre entre España y Portugal para la firma del acuerdo bilateral que permita avanzar en el proyecto del puente internacional de la autovía EX-A1, entre Moraleja y Castelo Branco.
Según ha aclarado la administración autonómica, la firma de este tipo de acuerdos no está condicionada a la celebración de encuentros de alto nivel entre jefes de Estado o de Gobierno, como las cumbres hispano-lusas, sino que puede realizarse por las autoridades competentes con los denominados “plenos poderes”, conforme al Derecho internacional.
NO EXIGEN RÚBRICA EN MARCO DE CUMBRE OFICIAL
En este sentido, la Junta subraya que ni la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) ni la legislación española en materia de acuerdos internacionales exigen que la rúbrica de estos instrumentos se produzca en un marco de cumbre oficial. Por tanto, el formato del acto no condiciona su validez jurídica.
La administración extremeña recuerda además que España y Portugal han formalizado en numerosas ocasiones acuerdos y declaraciones conjuntas fuera del ámbito de las cumbres bilaterales, mediante mecanismos como firmas ministeriales, canje de notas o acuerdos administrativos.
En el caso concreto del puente internacional previsto en la autovía EX-A1, la Junta insiste en que no sería necesario ni siquiera un tratado internacional en sentido estricto, sino que bastaría con un convenio o acuerdo administrativo entre gobiernos para poder avanzar en su ejecución.