Las devoluciones se disparan tras Navidad: ¿cuáles son nuestros derechos?
Los artículos con defectos, deteriorados o desfasados no pueden venderse como rebajas, sino que deben identificarse claramente como saldos. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, los consumidores pueden denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes.
Tras la celebración del día de Navidad y el intercambio de regalos, los establecimientos comerciales vuelven a enfrentarse, un año más, a una avalancha de cambios y devoluciones. Según datos del sector, alrededor del 50% de las compras realizadas durante estas fechas acaban siendo devueltas por distintos motivos, como errores en la talla, productos que no cumplen las expectativas o cuestiones puramente estéticas.
Desde la Asociación Española de Consumidores recuerdan que, con carácter general, la legislación en materia de consumo no obliga a los comercios a aceptar cambios o devoluciones, salvo en casos concretos. Esta obligación sí existe cuando el producto es defectuoso o cuando se trata de compras realizadas fuera del establecimiento mercantil, como ocurre con el comercio electrónico, telefónico o a distancia.
En estos casos, la normativa reconoce el derecho de desistimiento, que permite al consumidor devolver el producto en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificar el motivo y sin penalización alguna. Además, los comercios también deben aceptar cambios o devoluciones cuando así lo hayan anunciado previamente en su política comercial o a través de su publicidad, que tiene carácter vinculante.
Ante esta situación, la asociación recomienda informarse antes de realizar cualquier compra sobre las condiciones de cambio y devolución del establecimiento. Entre los aspectos clave, destacan la forma en que se realiza la devolución —si es en dinero o mediante vales—, los plazos establecidos, si el producto debe estar sin abrir y las condiciones específicas de los bonos o vales, en caso de que se utilicen.
Asimismo, recuerdan que para cualquier cambio o reclamación es imprescindible conservar el ticket o la factura de compra. En caso de desacuerdo con el comercio, el consumidor tiene derecho a solicitar la hoja de reclamaciones, que los establecimientos están obligados por ley a facilitar.
La asociación también advierte de que los derechos de los consumidores no se ven reducidos durante los periodos de rebajas. La calidad, las garantías y las formas de pago deben ser las mismas que en cualquier otra época del año. Además, solo los productos de temporada pueden ofertarse como rebajados y deben estar claramente identificados, mostrando tanto el precio original como el rebajado.
Por último, subrayan que los artículos con defectos, deteriorados o desfasados no pueden venderse como rebajas, sino que deben identificarse claramente como saldos. En caso de incumplimiento de estas obligaciones, los consumidores pueden denunciar al establecimiento ante las autoridades competentes.