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sábado. 25.04.2026 |
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El Ayuntamiento de Cáceres lanza ayudas para facilitar el acceso al alquiler

Vivienda en alquiler.
El Ayuntamiento de Cáceres lanza ayudas para facilitar el acceso al alquiler

Podrán optar a estas ayudas las personas físicas mayores de edad que sean titulares de contratos de arrendamiento en vigor de inmuebles destinados a vivienda habitual, ya sea completa o por habitación, dentro del término municipal de Cáceres.

El Ayuntamiento de Cáceres ha abierto la convocatoria de subvenciones para el acceso y conservación de la vivienda habitual en régimen de alquiler, destinada a residentes en la capital y sus pedanías, con un presupuesto de 350.000 euros.

La convocatoria tiene como objetivo minimizar el esfuerzo económico que supone el pago del alquiler, facilitando el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 30 de noviembre de 2025, o hasta que se agote el crédito disponible.

Podrán optar a estas ayudas las personas físicas mayores de edad que sean titulares de contratos de arrendamiento en vigor de inmuebles destinados a vivienda habitual, ya sea completa o por habitación, dentro del término municipal de Cáceres. No serán subvencionables los contratos de temporada, turísticos ni los excluidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Los límites de renta subvencionable se fijan entre 600 y 800 euros para viviendas completas, y entre 300 y 350 euros para habitaciones. La cuantía máxima de la ayuda será de 150 euros mensuales, por un máximo de 11 meses, comprendidos entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2025.

Se requiere que toda la unidad familiar esté empadronada y resida habitualmente en Cáceres con una antigüedad mínima de seis meses. Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones siempre que la suma total no supere el 100 % de la renta subvencionable.

La documentación deberá dirigirse a la Presidencia del Instituto Municipal de Asuntos Sociales y podrá presentarse de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento, a través de la sede electrónica, en cualquier oficina de la Red ORVE o mediante el registro electrónico de la red SARA.

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