Desestimado el recurso de la Fiscalía contra la limitación de reuniones familiares para Cáceres acordada en agosto

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Desestimado el recurso de la Fiscalía contra la limitación de reuniones familiares para Cáceres acordada en agosto

La de lo Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo Sección Cuarta ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto de fecha 26 de agosto de 2021 de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por el que se acordó ratificar las medidas acordadas por Acuerdo de 25 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que establecía la medida de declarar el nivel de alerta sanitaria 3 en el área de salud de Cáceres.

En concreto, el recurso interpuesto por la Fiscalía se refería a la medida concreta de limitar el aforo en las reuniones privadas a cuatro personas, salvo que se trate, exclusivamente, de convivientes.

El Supremo avala en la sentencia la proporcionalidad de la medida tomada para un tiempo determinado.

Cabe recordar que el área de salud de Cáceres ya no se encuentra en nivel de alerta sanitaria 3, sino en el 2.

 

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