El PSOE provincial de Cáceres tendrá que pagar casi 23.000 euros al que fuera su jefe de prensa, Félix Pinero, por un despido improcedente. Los socialistas se negaron a abonar al trabajador parte de los salarios de tramitación que ahora le reconoce el juzgado.

Finalmente, el PSOE se ha avenido a pagar 22.795,85 euros por el despido improcedente de quien dirigió sus acciones de Comunicación y Prensa en la provincia de Cáceres desde el 1 de octubre de 2007 hasta el pasado 30 de septiembre, fecha en la que cesó en sus funciones.

De esta cantidad, 13.909.80 euros corresponden a la indemnización no satisfecha en el finiquito, a razón de 45 días por año trabajado, más los salarios de tramitación desde el 1 octubre hasta  la fecha de la sentencia 12/2012 del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, de fecha 23 de enero pasado, cifrados en 8.886,05 euros.

Según recoge la sentencia, la abogada del actor presentó papeleta de conciliación ante la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC) el 20 de octubre de 2011 con efectos desde el 3 de noviembre y el acto resultó sin avenencia. El día 6 del mismo mes, el PSOE reconoció que el despido era improcedente, por lo que el día 4 consignó 13.000 euros y el día 7 otros 861,80 euros.

Mediante una Diligencia de Ordenación, dada a conocer ayer, el juez ha elevado a firme la sentencia, toda vez que la empresa, tras reconocer la improcedencia del despido, consignó en la cuenta del Juzgado de lo Social el importe de la condena al no optar por la readmisión del despedido ni por la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

La vista oral se celebró el pasado 23 de enero y el motivo esencial de la controversia era sobre si la consignación que debía afrontar el PSOE.

En un principio, los socialistas sólo estaban dispuestos a reconocer los salarios de tramitación desde el 1 de octubre hasta el 7 de noviembre, última fecha de la consignación. Pero la abogada del periodista expuso en su defensa la unificación de doctrina del Tribunal Supremo, según la cual los salarios deben pagarse hasta la fecha de la sentencia o la del dictado de la misma por el juez.