El Consejo de Gobierno ha aprobado el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2011 en Extremadura, que recoge que los descansos correspondientes a la Fiesta del Trabajo y Navidad se disfrutarán los lunes 2 de mayo y 26 de diciembre.
De acuerdo con el decreto, serán inhábiles en 2011 los días siguientes:
1 de enero: Año Nuevo.
6 de enero: Epifanía del Señor.
21 de abril: Jueves Santo.
22 de abril: Viernes Santo.
2 de mayo: Descanso laboral correspondiente al día 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto: Asunción de la Virgen.
8 de septiembre: Día de Extremadura.
12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre: Todos los Santos.
6 de diciembre: Día de la Constitución Española.
8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
26 de diciembre: Descanso laboral correspondiente al día 25 de diciembre, Natividad del Señor