El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes el decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial.

Se trata de unas ayudas que pretenden dotar de una nueva infraestructura con la que mejorar la conectividad en polígonos industriales, centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos.

Para ello, la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, destina 3.380.429 euros procedentes de los Fondos de Recuperación.

ZONAS ZES

En concreto, la norma que se publicita identifica tres áreas en las que se distribuyen estas ‘zonas ZES’: Cáceres, que comprende los municipios de Berzocana, Cañamero, Garciaz y Zorita, junto a otras dos zonas en Badajoz.

De la primera, ‘Badajoz 1’, forman parte localidades fundamentalmente del norte pacense: Badajoz, Don Benito, Guareña, La Garrovilla, La Roca de la Sierra, Lobón, Olivenza, Puebla de la Calzada, Rena, San Vicente de Alcántara, Valdelacalzada, Villanueva de la Serena y Villar de Rena.

En la zona ‘Badajoz 2’ se integrarían, por su parte, otros diecinueve municipios: Aceuchal, Almendralejo, Azuaga, Calzadilla de los Barros, Castuera, Corte de Peleas, Fuenlabrada de los Montes, Hornachos, Jerez de los Caballeros, La Albuera, La Parra, Los Santos de Maimona, Malpartida de la Serena, Monterrubio de la Serena, Salvatierra de los Barros, Siruela, Solana de los Barros, Villalba de los Barros y Zahínos.

A la ‘Zona Cáceres’ se le asignan 105.000 euros, a la Zona Badajoz 1, 1.567.400 euros, y a la Zona Badajoz 2, 1.708.029 euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean necesarios para la realización de los proyectos como, por ejemplo, infraestructuras y obra civil, equipamiento y otros materiales o los gastos de personal propio.

También otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como la realización del correspondiente proyecto técnico.

Se establece que la cuantía máxima de la ayuda será del 80 por ciento del coste de todos los conceptos subvencionables.

El plazo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOE, es decir, hasta el 10 de junio de 2024.