La sección segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a dos años y seis meses de prisión a un liberado sindical del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara como autor de un delito de descubrimiento de secretos cometido por funcionario público, al considerar probado que estuvo accediendo sin permiso y de forma reiterada al ordenador de una enfermera.

La denunciante trabajó como técnico diplomado en enfermería desde abril del año 2012 hasta octubre del 2018 en la Residencia de Mayores “Buenos Aires” de esta localidad de titularidad y gestión pública por parte del ayuntamiento, que instaló dos ordenadores personales, uno en el despacho de Enfermería y otro en el despacho del director.

La enfermera comenzó a usar de forma habitual y exclusiva uno de los equipos informáticos sin prohibición expresa del director ni del alcalde y con el conocimiento de los demás trabajadores. Para ello introdujo una clave personal y lo utilizaba tanto para elaborar sus quehaceres profesionales como personales, dado el contenido reservado y los datos sensibles de su vida privada y su correo electrónico personal. El acusado, de profesión auxiliar de enfermería pero liberado sindical, como empleado público del Ayuntamiento de Valencia de Alcántara realizaba funciones de director-gerente de la residencia en todas las ausencias del director

La sentencia que ahora se ha dado a conocer sostiene que el acusado accedió al ordenador de la denunciante «con la finalidad de descubrir información privada general y conocer datos personales sensibles que pudiera utilizar en su perjuicio» y sin tener su autorización. Aprovechando la ausencia de la denunciante entró al despacho de Enfermería en el que estaba ubicado el ordenador y logró acceder a su contenido valiéndose de la contraseña que previamente había obtenido con la ayuda de un pendrive que introdujo en el equipo informático. De este modo consiguió acceder al contenido del escritorio y modificó la contraseña poniendo una nueva, entrando sin problemas en varias carpetas con archivos privados y personales.

Además, durante varios años el acusado también asumió las tareas propias de Enfermería pese a no estar capacitado para ello y no disponer del preceptivo título de técnico diplomado en enfermería en aquellos momentos. Así fue como realizó esta tarea «sin importarle el peligro o riesgo que ello implicaba para la salud de los usuarios del citado centro residencial de mayores, especialmente vulnerables». El empleado público cargaba pastilleros, hacía curas a los usuarios, administraba insulina sin medir los niveles de glucemia y administraba heparina (Clexane) «sin contar con título habilitante, ni contar siquiera con el asesoramiento o control previo de la enfermera o profesional de la sanidad a la que realmente incumbían tales funciones específicas». La sentencia considera probado que puso en grave riesgo la seguridad de la salud de los usuarios del centro residencial.

Por estos hechos, la sala condena al acusado como autor de un delito de descubrimiento de secretos cometido por funcionario público a la pena de dos años, seis meses y un día de prisión y a una inhabilitación absoluta por período de seis años. Al mismo tiempo se le condena, como autor responsable de un delito de intrusismo profesional, a una multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros, y en materia de responsabilidad civil y en concepto de daños morales deberá indemnizar a la perjudicada con 3.000 euros. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.