Un juzgado de Mérida ha condenado al Servicio Extremeño de Salud (SES) a indemnizar con 887.000 euros a una familia por una mala praxis durante el parto de una mujer que desembocó en una parálisis cerebral en el recién nacido, la cual le ha provocado discapacidad, según recoge la sentencia.

El menor presenta parálisis cerebral infantil mixta espástica y disfagia por alteración motora como consecuencia de «una multitud de actuaciones apartadas de la buena praxis».

En concreto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Mérida considera ajustada la indemnización solicitada por la demandante, la madre del pequeño, fijada en 734.179 euros a favor del menor por los gastos previsibles de asistencia sanitaria futura, prótesis y ortopedia, entre otros términos, y 153.000 a favor de la madre.

En el informe de la Inspección Médica, del que se hace eco la sentencia, se recoge que «hay razones para pensar que el feto sufrió un episodio de hipoxia prolongado y que podría haberse adelantado la indicación de cesárea» antes de lo que se hizo. Parece que, además, hubo circunstancias organizativas que prolongaron el tiempo de extracción del feto».

Junto a lo anterior, consta un informe pericial aportado por la parte demandante elaborado por un especialista en Obstetricia y Ginecología, en el que se señala que «se debería haber realizado una cesárea y no un parto instrumental» y que «el recién nacido presenta claros signos de hipoxia fetal que culminan en una parálisis cerebral infantil”.

La letrada experta en negligencias médicas, Francisca Guillen, ha explicado que esta sentencia que, según afirma, «el propio SES ha elegido no recurrir», pone fin a un período de casi tres años «intentando demostrar que la mala praxis en el día del parto dieron como consecuencia la terrible situación para el menor».