Extremadura ha dado luz verde a la  flexibilización de las medidas de prevención anticovid en las residencias de personas mayores y en las de personas con discapacidad.

De este modo, se permiten las visitas con una frecuencia mayor y en zonas habilitadas. Se recomienda que la visita sea de una persona por residente y durante no más de una hora y por un mínimo de tres veces por semana.

Las visitas podrán ser de más de una persona cuando el residente esté en una situación de final de la vida o cuando se trate de personas encamadas que no puedan acudir a la zona habilitada. Se pide a las residencias también que lleven un registro de visitas.

Se establece un horario flexible de visitas, de 11 a 20 horas, y se permiten las denominadas salidas terapéuticas. Si se produce una salida de un residente no vacunado por más de 7 días, deberá someterse a una prueba PCR con 24 o 48 horas de antelación.

Por último, se permite a los hogares club recuperar sus actividades de ocio y de estimulación del envejecimiento, respetando los aforos y las medidas de seguridad, así como a los centros de día.

El consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, ha explicado en rueda de prensa que la reserva de plazas en las residencias de cara a posibles aislamientos por Covid-19 se reduce de un 10 por ciento a un 5 por ciento en las de titularidad del SEPAD. Para el resto de residencias, se hace una recomendación pero no será obligatorio.

Respecto a los nuevos ingresos en residencias, si la persona está vacunada no habrá ningún problema, pero si no lo está, se recomendará la vacunación urgente. No obstante, si se tratara de un caso de emergencia social, se le haría una PCR y, si fuera negativa, ingresaría en el centro.

Vergeles explicó que este acuerdo ya ha sido publicado en el DOE, puesto que también está ya publicada en el Boletín Oficial del Estado la orden comunicada del Ministerio de Sanidad que deroga las actuaciones en este tipo de centros residenciales. Por tanto, las medidas ya están en vigor, puesto que tan solo es necesaria su comunicación al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, pero no se requiere su autorización.