El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Mérida ha dictado un auto por el que deniega la resolución presentada por la Junta de Extremadura para limitar a más de 15 personas las reuniones familiares en el ámbito privado y en espacios públicos para consumo de bebidas alcohólicas o para otras actividades no autorizadas (botellones).

Ante esta decisión, la Junta de Extremadura publicará este jueves, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución anunciada el lunes por el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, que será una recomendación, y no una prohibición,que apele a la responsabilidad para cumplir con esas indicaciones.

Como informó Radio Interior,  Extremadura remitió este lunes un extenso informe sanitario a la autoridad judicial donde expuso los motivos sanitarios y epidemiológicos por los que era necesario  prohibir las reuniones de más de 15 personas en espacios privados, aunque sean abiertos, así como la celebración de botellones en la vía pública, además de otro tipo de aglomeraciones.

No obstante, Vergeles dijo que hay muchos métodos para detectar un  incumplimiento y explicó que si en un estudio epidemiológico se demuestra que hubo más de 15 personas en una comida de la que después ha salido un positivo se adoptarán las medidas que contempla la Ley.

“Habría una sanción que dependerá de la gravedad, del número de personas que estuvieron en la comida, pero la falta puede ser muy grave si estamos ante un hipercontagiador”, ha dicho.

Los datos oficiales señalan que el 54 por ciento de los casos de Covid-19 detectados en la región tienen su origen en las reuniones familiares y por ello, la Junta optó por intentar  prohibir las fiestas, cumpleaños, veladas y reuniones en lugares privados “que superen el aforo de 15 personas, incluyendo los convivientes”.