Educación y Empleo defiende las garantías del proceso de configuración de listas extraordinarias
La Consejería de Educación y Empleo defiende que el proceso de configuración de listas extraordinarias docentes se desarrollará con todas las garantías que recoge la Ley de Procedimiento Administrativo Común. Esta normativa, en su artículo 5, no expone ningún tipo de restricción en cuanto al número de interesados a los que una persona puede representar en un proceso de cualquier tipo.
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