El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la orden por la que se establece el procedimiento mediante el que las entidades colaboradoras pueden adherirse a la subvención denominada Bono Cultural en Extremadura. 

La elaboración de la lista de entidades colaboradoras para 2014, entre empresas prestadoras de servicios o comercializadoras de productos, es un paso más en el desarrollo del Bono Cultural, regulado por el Decreto 65/2014, de 29 de abril, y creado por el Gobierno extremeño al considerar conveniente el apoyo a los jóvenes para su acceso a la cultura mediante una subvención a la compra de productos culturales.

Podrán solicitar su adhesión como colaboradoras las entidades y empresas que tengan establecimientos, legalmente constituidos, que radiquen en el territorio de Extremadura; y que dispongan de los medios necesarios para la lectura y comprobación de la validez de los bonos culturales, así como para la gestión del ingreso de la subvención.

Asimismo, las que estén al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Hacienda Autonómica y que se encuentren incorporadas al Subsistema de Terceros integrado en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (SICCAEX).

PLAZO DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes comenzará mañana miércoles, día 11, y termina el próximo 31 de agosto. Una vez concluido el proceso, se publicará una relación de las entidades colaboradoras del Bono Cultural en la página web de la Consejería de Educación y Cultura, que será actualizada a medida que se vayan incorporando nuevos establecimientos.

El plazo de vigencia de la aceptación como entidad colaboradora será el de la convocatoria anual, aunque si la citada entidad no se manifiesta expresamente en contrario, se podrá prorrogar hasta un máximo de cuatro años.

A los efectos de esta ayuda son subvencionables: libros con contenido literario; música en formato CD y películas cinematográficas en DVD y BlueRay; entradas y abonos para asistir a la exhibición de largometrajes en salas de cine o de espectáculos escénicos en vivo; y suscripciones a prensa diaria en formato impreso o digital por el período de un mes. No tendrán, en cambio, el carácter de subvencionable los productos de papelería, libros de texto, libros profesionales o de estudio y consumibles informáticos.

Los establecimientos que sean reconocidos como colaboradores deberán mostrar en lugar visible el logotipo de esta iniciativa, así como los soportes publicitarios e identificativos facilitados por la Dirección General de Promoción Cultural, e informar de manera gratuita a los beneficiarios, que recibirán los bonos culturales, generados mediante un código de barras en tipo QR (QRCode), en la dirección de correo electrónico que hayan facilitado.

Próximamente se publicará la convocatoria destinada a los jóvenes de entre 18 y 30 años que quieran hacer uso del bono cultural. Recibirán un talonario de ocho bonos por valor de cuatro euros cada uno, y que podrán ser utilizados hasta el 30 de noviembre.