El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado las órdenes por las que se establecen las bases para la instauración de líneas de financiación de las pequeñas y medianas empresas y empresas de economía social de la comunidad. La normativa aprobada también fija el tipo de interés máximo a aplicar para estas operaciones en el segundo semestre del año 2009.

Este nuevo régimen recoge modificaciones en relación con las líneas ya existentes. En estas líneas se mantiene el carácter de revisables a los tipos de interés a aplicar a las operaciones financieras, según informó el Gobierno autonómico en nota de prensa.

Calculado el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el segundo semestre de 2009 para las distintas líneas acogidas al Decreto, tenemos un tipo de interés máximo del 2,50 por ciento nominal anual a las operaciones a las que sean de aplicación a la línea de Préstamos de Financiación de Inversiones y un tipo de interés máximo del 2,00 por ciento nominal anual a las operaciones a las que sean de aplicación la línea de Financiación Solidaria.

Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el segundo semestre natural de 2009 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003, de 8 de abril, será de un tipo de interés máximo del 2,50 por ciento nominal anual a las operaciones de la línea de Préstamos de Financiación de Inversiones y un tipo de interés máximo del 5,00 por ciento nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia del préstamo. Para los restantes el tipo de interés máximo es del 2,00 por ciento en la línea de Financiación Solidaria.

Este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación la disposición adicional duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de Reforma del Sistema Financiero.