El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado nulo el Proyecto de Interés Regional (PIR) de la Junta de Extremadura en San Miguel, con 599 viviendas protegidas proyectadas. La Sala de lo Contencioso Administrativo ha dado la razón a un particular, propietario de la única zona del PIR en cuestión que no es pública, con el convencimiento de que la Junta ha invadido competencias municipales.

La sentencia da por probado el interés social del PIR si de construir viviendas protegidas se trata, pero advierte de que la actuación de la Junta no se limita a ello, sino que va más allá al incluir otros usos. "Dotaciones, equipamientos o establecimientos educativos, de ocio, salud, bienestar social, deporte" señala textualmente para concluir "en suma, una auténtica planificación urbanística". Lo que entienden los magistrados, en su resolución de 20 de enero, que es "una atípica actuación" que lo que hace es asumir competencias que la Ley ha reservado a los ayuntamientos y alude a la propia Ley Autonómica del Suelo.

Para que los Proyectos de Interés Regional puedan servir a la finalidad de acometer políticas en materia de vivienda, recoge la sentencia, "es necesario que la Administración Regional justifique el interés social del objeto del PIR y fundamente la utilidad pública o el interés social y en efecto, ninguna dificultad existe en esa justificación cuando la finalidad sea la construcción de viviendas de promoción pública o sujeta a un sistema de precio tasado".

Ahora bien, estima que la actuación de la Junta no se limita a reclasificar terrenos con ese objetivo y concluye que "al amparo de ese Plan de Vivienda, lo que hace es aprobar una modificación o revisión del mismo PGM y del Plan Parcial, que afecta tanto al terreno destinado a viviendas de esa naturaleza como al restante tipo de suelo que en el mismo PIR se configura" y puntualiza que "no del todo coincidente con el plan que se altera". En definitiva, abunda: "Se asumen competencias municipales para la alteración del planeamiento y por la vía del proyecto se acomete esa finalidad reservada a la intervención municipal".

Así pues, declara nulo de pleno derecho el Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta del 11 de julio por el que se aprobó el PIR consistente en variar las condiciones urbanísticas previstas en el PGOU y en el vigente plan parcial para el llamado sector PP-3. Tal y como había solicitado el dueño que demandó a la Junta y a Ciaval 2000. Son centenares los ciudadanos pendientes del PIR de San Miguel, donde hoy por hoy solo hay un cartel indicativo de la promoción de 599 viviendas protegidas acogidas al Plan de Vivienda y Suelo de Extremadura 2004-2007.