El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprueba al decreto regulador de la prestación del servicio de transporte escolar, en el que establecen las condiciones de seguridad y calidad.

Según recoge la agencia Europa Press, este tipo de transporte cuenta con la categoría de servicio educativo complementario, de carácter compensador y se realiza según las condiciones del decreto y de la normativa vigente. Así, el servicio se presta a través de de cinco modalidades: rutas de transporte escolar contratadas por la consejería; convenios con entidades locales e instituciones sin ánimo de lucro; por medio de las ayudas específicas que convoque la consejería; mediante la contratación de las plazas necesarias en servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general; y por prestación directa del servicio, a través de una empresa pública de carácter mixto o no.

Del transporte escolar se benefician alumnos que cursen las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, de cualquier etapa de la enseñanza obligatoria, programas de cualificación profesional inicial, bachillerato y ciclos formativos, y en cualquier modalidad de escolarización, desde el lugar donde técnica y legalmente sea posible hasta el centro de enseñanza.

De acuerdo con el decreto, la Consejería de Educación planificará las rutas de transporte para cada curso escolar, pudiéndose agrupar las rutas por zonas. Cada una de estas zonas será objeto de adjudicación individual.

En este sentido, el decreto establece que la duración máxima del viaje en las rutas contratadas por la consejería no podrá superar los 45 minutos en cada sentido. Sólo excepcionalmente podrán autorizarse itinerarios superiores a 45 minutos y sin que superen los 60 minutos.

Por otra parte, el decreto señala que el acompañante del servicio de transporte escolar atenderá al alumnado usuario desde el momento en el que accede al vehículo hasta su entrada y salida del recinto escolar; velará por su seguridad en las paradas establecidas; hará cumplir los derechos y deberes del alumnado durante la prestación de este servicio y asegurará el cumplimiento de las normas de uso y utilización del vehículo por parte del alumnado.