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sábado. 25.04.2026 |
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Condenados dos exdirectivos de la Federación Extremeña de Atletismo por desviar fondos a sus cuentas personales

Francisco Carrapiso
Condenados dos exdirectivos de la Federación Extremeña de Atletismo por desviar fondos a sus cuentas personales

La sentencia no es firme y contra los misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado al expresidente y al exsecretario general entre los años 1995 y 2020 de la Federación Extremeña de Atletismo (FAEX) a dos y tres años de prisión respectivamente por un delito continuado de administración desleal.

La Sala absuelve por el contrario al que fuera presidente del Comité de Jueces entre los años 2008 y 2020 que venía siendo acusado por el mismo delito.

El tribunal impone al expresidente, Francisco Carrapiso, una multa equivalente a siete meses, calculada con una cuota diaria de diez euros, lo que suma 2.100 euros, además de obligarle a devolver a la Federación, junto al otro condenado, 77.795 euros.

En cuanto al exsecretario general, Pedro Talavera, la Sala establece para él una multa de ocho meses con una cuota diaria de quince euros, que asciende a 3.600 euros, y le ordena indemnizar a la FAEX con la misma cantidad de 77.795 euros de forma solidaria, a la que se añaden 84.158 euros adicionales que deberá asumir personalmente.

La resolución judicial expone que ambos condenados controlaron por completo las finanzas y la administración económica de la Federación durante el tiempo que estuvieron al frente. Talavera, que también desempeñaba funciones de gerente, asumía tareas de control del patrimonio, gestión de los fondos y revisión de la contabilidad.

Carrapiso, por su parte, autorizaba los pagos y ejercía la representación legal de la entidad. Todo ello se desarrolló sin mecanismos efectivos de supervisión ni de control por parte de la Asamblea General.

La sentencia declara como hechos probados que los acusados transfirieron a sus cuentas personales dinero de la cuenta de la Federación Extremeña de Atletismo.

La sentencia no es firme y contra lomisma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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