Fedexcaza propone soluciones para garantizar la viabilidad del sector de las rehalas
Uno de los puntos más urgentes fue modificar la instrucción del Servicio de Sanidad Animal sobre los centros de limpieza y desinfección de vehículos anejos a núcleos zoológicos.
Representantes de las principales federaciones y asociaciones del sector de las rehalas y recovas de Extremadura, junto a Fedexcaza, mantuvieron el 8 de mayo una reunión con los directores generales de Agricultura y Ganadería, y de Gestión Forestal, Caza y Pesca, con el objetivo de abordar los problemas que afectan al colectivo y plantear soluciones efectivas para garantizar su futuro.
Durante el encuentro se trataron temas fundamentales como la modificación del decreto de vacunación antirrábica, la exigencias legislativas y burocráticas que asfixian al sector, o el intrusismo y la existencia de recovas ilegales.
Durante la reunión se destacó el trabajo realizado por Fedexcaza en favor del colectivo, entre otros, mediante la solicitud que ha permitido modificar el decreto sobre la vacunación contra la rabia, una medida muy demandada por el sector. Hay que recordar que tras la propuesta de Sodereca en el Consejo Extremeño de Caza, Fedexcaza realizó un contundente informe justificativo para que se pudiera llevar a cabo la necesaria modificación reglamentaria.
También se abordó la necesidad de revisar la identificación precoz de cachorros, tema sobre el cual la Dirección General de Agricultura y Ganadería informó que está a la espera de la nueva normativa europea.
Uno de los puntos más urgentes fue modificar la instrucción del Servicio de Sanidad Animal sobre los centros de limpieza y desinfección de vehículos anejos a núcleos zoológicos, una normativa que, de mantenerse tal como está, supondría un grave perjuicio para las rehalas y recovas. Por ello, y conforme al acuerdo de la reunión, Fedexcaza ha registrado una solicitud formal para modificar esta instrucción, en la que se recogen propuestas como retirar la instrucción actual y volver a la anterior, al considerar que estas instalaciones quedan fuera del ámbito de aplicación del RD 638/2019, según su artículo 1.
En caso de mantenerse su aplicación permitir que el propio titular de la rehala realice la limpieza y desinfección en instalaciones autorizadas fuera del núcleo zoológico, con capacidad para expedir el certificado correspondiente.
También liminar requisitos mínimos no exigidos por el RD 638/2019 y establecer solo los criterios textuales que recoge la norma.
- Por último, ampliar la validez del certificado de desinfección de 48 a 96 horas, puesto que la mayoría de los terrenos cinegéticos no disponen de las instalaciones necesarias para la limpieza.