El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se amplía la Zona de Alto Riesgo Sierra de San Pedro, se modifica la planificación preventiva y se declara de interés general la ejecución de los trabajos e infraestructuras preventivas de incendios forestales, mediante la previsión de la ejecución subsidiaria por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el paraje y entorno de la Sierra de la Mosca.

La Sierra de la Mosca constituye una alineación montañosa que comparte los rasgos geológicos y topográficos presentes en la mayor parte de la Sierra de San Pedro. Es un cordón montañoso que enlaza los cascos urbanos de Cáceres y Sierra de Fuentes, con una fuerte presencia de vegetación de tipo mediterráneo y una concentración humana muy notoria debido a la multitud de viviendas presentes en la zona.

La zona es un claro ejemplo de pérdida de usos tradicionales, pues se puede constatar como gran parte de los cultivos leñosos han ido cambiando su uso en favor de una recolonización de la vegetación natural donde la propia naturaleza recupera las zonas que fueron roturadas para la instalación de los cultivos.

Esto implica un aumento de la peligrosidad estructural de la zona, dada la configuración del relieve y la influencia de este tipo de sierras aisladas sobre los vientos dominantes.

De cara a los incendios forestales, existe una gran dificultad en la gestión de los mismos, dada la conjunción del peligro estructural presente en la zona, el incremento del mismo debido a la pérdida de usos tradicionales, la presencia de personas en las edificaciones dispersas y una red viaria que no se adapta al uso real de la zona, y mucho menos al riesgo de incendio forestal.

Todas estas características y sus limitaciones conducen a la necesidad de incluir el paraje y entorno de la sierra de la Mosca en la Zona de Alto Riesgo de Sierra de San Pedro.

Se hace, además, necesario establecer las medidas de prevención que faciliten el trabajo de los medios de extinción, que permita el trabajo de los mismos de forma segura y con perspectiva de éxito, a la vez que facilite la gestión de la emergencia más vinculada con la protección de las personas.

La urgente necesidad de ejecución de los trabajos preventivos, así como el acondicionamiento de una red de accesos que pueda asegurar las posibles intervenciones, evacuaciones o los propios trabajos de extinción, en caso de emergencia, motiva la declaración de interés general y la previsión de la ejecución subsidiaria de los mismos por la Administración, recogida en la Ley de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales de Extremadura y en la Ley de Montes.