El matrimonio formado por Carlos Palomero y Laura Martín ha recogido este miércoles en los Juzgados de Plasencia (Cáceres) una orden para su ingreso en prisión por no haber cumplido una sentencia firme que les obligaba a derribar una vivienda que habían construido de forma ilegal en la capital del Jerte.

A partir de este momento comenzarán a correr los diez días que el juzgado les concede para ingresar en la cárcel de forma voluntaria para cumplir una pena de cuatro meses de prisión, si bien pueden presentar un recurso, en un plazo de tres días, para tratar de evitar esta situación.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia acordó, en un auto de 15 de septiembre de 2020, que los cuatro vecinos de la ciudad -entre los que se encuentra el citado matrimonio- que fueron condenados por un delito contra la ordenación del territorio, al haber construido de forma ilegal en la Sierra de Santa Bárbara, debían derribar sus viviendas en un plazo de tres meses.

Los cuatro propietarios fueron condenados el 10 de abril de 2019 a penas de cuatro meses de prisión, a hacer frente al pago de una multa de nueve meses con una cuota diaria de cinco euros, inhabilitación durante los meses de condena para profesión u oficio relacionado con la construcción, así como a acometer por su cuenta la demolición.

El juez los consideró culpables de realizar tres edificaciones en suelo no urbanizable de protección natural paisajístico en la finca Villacastillo del término municipal de Plasencia.

La sentencia, en su fundamento cuarto, recogía que la pena de prisión había sido suspendida en su ejecución durante 3 años y 6 meses.

De esta forma, la suspensión de la ejecución de dicha pena de prisión se condicionaba a que no delinquieran durante el período de suspensión, así como a que acometieran la demolición de las correspondientes edificaciones ilegales.

Asimismo, la sentencia recogía que los abogados de las defensas afirmaron en la vista que «se estaban legalizando» tales construcciones, por lo que se acordó que antes de hacerse efectiva dicha demolición se recabe informe del Ayuntamiento de Plasencia para ver si la legalización puede realizarse «de manera directa y automática».

De no legalizarse «de manera directa y automática» el Juzgado en fase de ejecución dictará un plazo para la demolición de las construcciones.

Así, en un auto del 15 de septiembre de 2020, el mismo Juzgado de lo Penal acordó la demolición de las edificaciones establecida en la sentencia del 10 de abril de 2019, «que tendrán lugar por los penados en un plazo improrrogable de tres meses a contar desde la notificación del presente auto y pertinentes requerimientos a los penados para la efectiva ejecución de las obras de demolición».

El juez apercibió a los penados que el incumplimiento de la obligación de demolición, en cuanto impuesta como condición del beneficio de la suspensión de las penas de prisión, conllevaría la revocación del beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de cuatro meses de prisión y su cumplimiento en centro penitenciario.

Los propietarios procedieron a derribar sus casas, a excepción de Carlos Palomero y su mujer.