El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado a un año de prisión a dos empresarios de la construcción por la muerte de un empleado que perdió la vida aplastado por una máquina apisonadora cuando trabajaba en el asfaltado de una calle de Cáceres.

La sentencia les considera culpables de un delito de homicidio por imprudencia grave y otro contra los derechos de los trabajadores por infracción de medidas de seguridad sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Estos constructores deberán indemnizar con 275.000 euros a la viuda, hijos y hermanos del fallecido conjunta y solidariamente con la compañía aseguradora.

El obrero se encontraba manejando un rulo en una obra del Ayuntamiento de Cáceres para el asfaltado de determinadas calles de la ciudad. La máquina, que había sido comprada de segunda mano, disponía de un refuerzo de la estructura de la cabina y una barras protectoras para evitar el hundimiento en caso de vuelco, pero no contaba con cinturón de seguridad. La sentencia indica que se le añadieron medidas de seguridad y luces de señalización y la evaluación de riesgos había sido realizada en septiembre de 2016. El operario fallecido era el único para el puesto de conductor de la máquina.

El día 6 de mayo de 2019, cuando el obrero se disponía a realizar con el rulo las tareas de compactado del margen derecho de la calle Lusitania en la esquina con la calle Juan Caldera, dio marcha atrás con la máquina para coger impulso, vencer la pendiente y comenzar el compactado del margen derecho de la vía hacía arriba. En ese momento la llanta trasera impactó contra el bordillo del margen izquierdo y se produjo el vuelco de la máquina; la víctima salió despedida y quedó atrapada bajo el vehículo por no contar con sujeción o cinturón de seguridad, lo que le provocó lesiones mortales como consecuencia de un traumatismo torácico con aplastamiento y hemorragia pulmonar grave.

La inspección ocular realizada por la unidad de Policía Científica de la Policía Nacional verificó las marcas de arrastre de la máquina y determinó que la vía en la que se produjo el accidente, la calle Juan Caldera, tiene una pronunciada pendiente con un desnivel del 21,4 por ciento, lo que obligó al operario a coger impulso.

La sentencia indica que los acusados conocían que el informe de evaluación inicial de riesgos laborales no estaba actualizado a las circunstancias de la obra ni los trabajadores disponían de formación teórica ni práctica en trabajos en fuerte pendiente con maquinaria no adaptada.

Los empresarios han sido condenados a la pena de un año de prisión y a la inhabilitación especial para el manejo de maquinaria pesada apisonadora durante el tiempo de la condena, así como a indemnizar a la viuda de la víctima con 169.946,56 euros; a un hijo del fallecido con 21.110,67 euros y a otro con 52.155,77 euros. También deberá ser indemnizado el hermano del operario con 15.936,49 euros y una hermana con 15.936,49 euros. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación.