La campaña de peligro alto de incendios en Extremadura ha finalizado con 5.227 hectáreas afectadas, 2.549 menos que el verano anterior, un 25 por ciento, según ha informado este viernes la Consejería de Agricultura.

Durante este periodo se han registrado 522 incidentes, 284 e la provincia de Cáceres y 238 en la de Badajoz.

Del total de la superficie afectada, 715 hectáreas corresponden a arbolado, 1.304 a matorral y monte bajo, y 3.209 a dehesas y pastos.

Además, según el tamaño del incendio forestal, han tenido lugar 291 conatos inferiores a una hectárea y 321 superiores a esta superficie, según ha detallado la Consejería en una nota.

Respecto a la quema de rastrojeras, el director general de Política Forestal, Pedro Muñoz, ha recordado que está prohibida y solo se permite excepcionalmente por motivos fitosanitarios, y tras el preceptivo informe de Sanidad Vegetal.

Muñoz también ha agradecido la «gran labor» que desempeñan los profesionales que trabajan en la lucha contra incendios forestales en Extremadura y ha reconocido el «buen comportamiento» de la ciudadanía, que es clave en cada una de las campañas.

El próximo jueves 21 tendrá lugar en la Consejería de Agricultura la celebración del Comité de Dirección del INFOEX, donde se analizará la campaña de extinción de incendios de este año tras finalizarse la declaración de peligro alto.

La Consejería recuerda además que este sábado entrará en vigor la orden de peligro bajo de incendios forestales de Extremadura, por la que se regulan los usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio y se desarrollan las medidas generales de prevención y medidas de autoprotección en terrenos forestales y su zona de influencia forestal.

El ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia de 400 metros.

No obstante, la regulación de usos y actividades que puedan dar lugar a riesgo de incendio forestal se extenderá al resto de terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.

Entre los usos y actividades sometidos a autorización, se recogen la puesta en funcionamiento de hornos de carbón o de carboneras tradicionales; el empleo del fuego en las zonas fijas para barbacoas y hogueras en áreas recreativas o de acampada, así como las quemas prescritas de vegetación en pie, bajo dosel o experimentales.

Con carácter excepcional, precisarán autorización las quemas de restos de cosecha en pie por motivos fitosanitarios.

Asimismo, están sometidos a declaración responsable la quema de restos vegetales amontonados y las barbacoas eventuales con vigencia de tres días. EFE