El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este miércoles el decreto por el que se desarrolla la Ley de Eutanasia en la región con la creación de la Comisión de Garantía y el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia.

El vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, ha precisado posteriormente en rueda de prensa que en siete días saldrá la resolución para el nombramiento de los integrantes de esa Comisión de Garantía y Evaluación.

Con esta medida se da cumplimiento a lo establecido en La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, sobre las Comisiones de Garantía y Evaluación que, como órganos administrativos de carácter multidisciplinar, deberán crearse y constituirse en cada una de las comunidades autónomas, así como en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Esta ley regula el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir a través de los servicios del Sistema Nacional de Salud, el procedimiento que ha de seguirse y las garantías que han de observarse.

La Comisión de Garantía y Evaluación de la Comunidad Autónoma de Extremadura actuará en los supuestos en los que se solicite realizar la prestación de la ayuda para morir en centros sanitarios públicos, privados o concertados o en domicilios ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Esta comisión, en la que se garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres en su composición, estará integrada por quince miembros que serán nombrados y cesados por el consejero de Sanidad por un período de cuatro años.

Asimismo, la ley reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados, como decisión individual que debe manifestarse anticipadamente y por escrito.

Por ello, las administraciones sanitarias, en este caso el Servicio Extremeño de Salud, tienen que crear un registro de estos profesionales objetores para esta prestación, que se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal.

Este registro en Extremadura estará adscrito a la dirección general competente en materia de Calidad Sanitaria y Sociosanitaria.

José María Vergeles ha precisado que el registro de objetores «lleva unos niveles de protección que en los estudios jurídicos que se habían hecho recomendaban que se tramitase en forma de decreto y por eso se ha tardado un poco más».

No obstante, ha dejado claro que en este tiempo, desde que se aprobó la ley, no ha habido «ningún problema en la aplicación del derecho» en Extremadura, porque nadie ha registrado por escrito su deseo a acogerse a él.

«Sí ha habido personas que se han interesado en ese derecho», ha reconocido, pero no se ha materializado en ningún escrito registrado.

Además, Vergeles ha especificado que entre que se registra y la solicitud es vista por la Comisión de Garantía pasan entre 20 y 40 días, aproximadamente, por lo que aunque se hubiese presentado alguna, «hubiésemos podido responder de forma muy adecuada aunque no teníamos todavía desarrollado el decreto».

El consejero ha mostrado su satisfacción por el completo desarrollo normativo para el ejercicio de este derecho en Extremadura y ha invitado a la ciudadanía a que hagan expresión anticipada de voluntades, el llamado testamento vital, para facilitarle «la vida a los nuestros antes de que podamos dejar de decidir por nosotros mismos».

Ha insistido en la que importancia de que «la gente decida antes de poder dejar de decidir», algo que permite acceder a «los derechos de nueva generación, como son estos, de una forma más libre».