El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley por el que se adoptan medidas de «extraordinaria y urgente necesidad» orientadas a establecer el régimen de prestación a la demanda y a garantizar el equilibrio económico de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera sometidos a obligaciones de servicio público, en el contexto actual de crisis sanitaria, según ha informado la Junta de Extremadura.

El decreto ley tiene como objetivo ajustar la prestación de los servicios de transporte público regular de uso general por carretera a las actuales circunstancias mediante la creación del régimen de transporte a la demanda, además de asegurar el equilibrio económico de su gestión por medio de compensaciones financieras que inyecten liquidez a las empresas y faciliten la cobertura de los gastos necesarios para garantizar la continuidad y regularidad de tales servicios.

El régimen de transporte a la demanda es una fórmula adecuada para conciliar la garantía de una oferta digna de transporte público, sometida a obligaciones de servicio público, con el proceso de recuperación de la actividad de circulación y desplazamiento de la ciudadanía, acorde con el ritmo de las medidas que puedan adoptarse en el contexto de la superación definitiva de la crisis sanitaria a corto y medio plazo.

La articulación del régimen de transporte a la demanda supone, básicamente, incorporar al actual esquema de ejecución de servicios interurbanos por carretera un ingrediente de flexibilidad que permite que sea la elección del usuario la que conforme y determine la realidad de la prestación, a diferencia del sistema general, en el que la oferta de la empresa prestataria adquiere el protagonismo del ejercicio de la actividad.

Para la implementación de este régimen son fundamentales tres pilares: la demanda de la persona usuaria, la solicitud de las empresas operadoras y el procedimiento que asegure la coordinación de la demanda del transporte con la oferta de servicios de la empresa concesionaria o autorizada.

El régimen de transporte a la demanda podrá aplicarse, dentro del espacio físico atendido por la empresa operadora, a todos o alguno de los servicios, zonas geográficas o localidades comprendidas en el ámbito territorial de gestión.