El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se regula el procedimiento de acreditación de los profesionales de la enfermería para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en Extremadura.

El decreto será de aplicación para quienes ejerzan su actividad profesional en la región, en servicios sanitarios públicos o privados, ya sea en el ámbito de los cuidados generales o en el de los especializados.

También será de aplicación para al personal de enfermería residente en Extremadura y que no se encuentre desarrollando esta actividad profesional en el momento de formular su solicitud.

Conforme al principio de eficiencia, el decreto establece un procedimiento de acreditación que tiene carácter voluntario, estableciéndose dos procedimientos complementarios, uno iniciado a instancia de parte y otro iniciado de oficio para el personal de enfermería que esté desarrollando su actividad sanitaria en cualquier centro o servicio de titularidad de la Administración Pública Autonómica o de sus entes administrativos y que cumpla todos los requisitos.

La documentación requerida para el procedimiento iniciado a instancia de parte es la mínima imprescindible para garantizar la comprobación de los requisitos legales para obtener la acreditación, evitándose cargas administrativas innecesarias o accesorias. Para una gestión racional de los recursos públicos, la presentación de solicitud de acreditación, la tramitación y su resolución se realizarán por medio electrónicos.

Los requisitos para obtener esta acreditación en el ámbito de los cuidados generales serán estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería, Ayudante Técnico Sanitario o equivalente, acreditar una experiencia profesional mínima de un año y superar un curso de adaptación ofrecido por la Administración sanitaria.

En el ámbito de los cuidados especializados, los requisitos serán estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, Diplomado en Enfermería, de Ayudante Técnico Sanitario o equivalente, así como del título de Enfermero Especialista, según ha informado la Junta.

También acreditar una experiencia profesional mínima de un año y superar un curso de adaptación ofrecido por la administración sanitaria.