El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado con la misma pena de dos años de prisión a dos hombres que se enzarzaron en una pelea y se agredieron mutuamente, uno de ellos portando un hacha y el otro un cuchillo.

Los hechos tuvieron lugar hacia las 19:30 horas del día 7 de julio de 2018, en un parque próximo al número 24 de la Avenida de Antonio Hurtado de Cáceres, cuando los dos acusados, ambos mayores de edad y con antecedentes penales no computables en la presente causa a efectos de reincidencia, se enzarzaron en una discusión. Uno de ellos se abalanzó sobre el otro propinándole puñetazos y patadas y un corte con un cuchillo en la cara, causándole una herida incisa en la región malar derecha de unos 4 centímetros de longitud, otra en la falange de dos dedos de su mano izquierda, contusiones, y erosiones en la cara, el cuello, tórax y miembros inferiores.

Al mismo tiempo, el segundo acusado se dirigió contra el otro hombre y le propinó puñetazos, patadas y un golpe en la cara con un hacha, causándole heridas en la región orbitaria izquierda y en la zona nasal, erosiones en el codo derecho, en la región epigástrica y en la articulación metacarpo-falángica del quinto dedo de la mano derecha.

Como consecuencia de estas heridas, al primero de los acusados fue necesario ponerle varios puntos de sutura y de aproximación, analgésicos antiinflamatorios y una valoración por parte del otorrinolaringólogo. La curación de las heridas se prolongó durante 18 días y le dejaron como secuelas una cicatriz de 4 centímetros muy visible en la región malar derecha de la cara, otra de un centímetro en el dorso del primer dedo de mano izquierda, y una cicatriz de medio centímetros en el dorso del quinto dedo de la misma mano. Estas cicatrices le han provocado un perjuicio estético que se puede valorar, según el Baremo de la Ley 35/2015, en un perjuicio moderado, cifrándose en 8 puntos.

El otro implicado en la pelea también recibió heridas que requirieron para su sanidad valoración por oftalmología y otorrinolaringología y tardando en curar 5 días de perjuicio exclusivamente básico, sin perjuicio estético. Ambos acusados renunciaron al ejercicio de cualquier acción penal o civil que pudieran corresponderles y por conformidad de las partes han sido condenados cada uno de ellos a dos años de prisión. Además, las costas del procedimiento se imponen a ambos a partes iguales. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres solo para el supuesto de que no se hayan respectado los términos de la conformidad.