El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado con distintas penas a dos mujeres que protagonizaron una pelea en el exterior de un pub en la Plaza de Albatros, en la conocida zona de La Madrila de esta ciudad.

La sentencia considera probado que sobre las 4:00 de la madrugada del 4 de agosto de 2019, las acusadas, mayores de edad, se encontraban en el exterior de un pub y se inició una discusión entre ambas. Una de ellas tiró del pelo, arañó y llamó yonki a la otra, quien fracturó una botella de vidrio y la golpeó con ella en la rodilla derecha. Una de las mujeres había sido condenada en octubre de 2018 por un delito leve de lesiones, y la otra también fue condenada en sentencia firme el 22 de septiembre de 2017 a la pena de cuatro meses de prisión por un delito de atentado; se le concedió la suspensión de ejecución de la pena y fue condenada nuevamente en octubre de 2017, septiembre de 2018, marzo y mayo de 2019 por delitos leves de maltrato y lesiones.

Como consecuencia de la agresión, la mujer que fue golpeada con la botella resultó con una herida inciso contusa profunda de cinco centímetros en el muslo izquierdo. También sufrió una herida inciso contusa superficial en la rodilla derecha de unos dos centímetros en la rodilla y estas lesiones requirieron para su curación una primera asistencia facultativa y tratamiento médico quirúrgico mediante sutura de la herida. Las heridas curaron a los 8 días sin causar incapacidad y han dejado como secuela una cicatriz de unos 4 centímetros en el muslo izquierdo, en la cara anterior del tercio medio superior y otra de un centímetros en la cara anterointerna de la rodilla derecha. Los gastos médicos por la atención prestada ascendieron a 1.508,97 euros.

Como consecuencia de la agresión, la otra participante en la pelea resultó con erosión en la cara interna del brazo que requirió para su cura una primera asistencia facultativa y curó a los dos días, sin causar incapacidad ni dejar secuelas.

De conformidad con las partes, el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a la mujer que utilizó la botella a dos años de prisión por un delito de lesiones cualificado por producirse con un instrumento peligroso. Además se le prohíbe aproximarse a la otra mujer en un radio no inferior a 200 metros y a comunicarse con ella por cualquier medio durante tres años. La otra acusada ha sido considerada responsable de un delito leve de lesiones y ha sido condenada a la pena acordada de un mes de multa con una cuota de 5 euros.

Las partes acordaron en la vista que la principal acusada indemnizará con la cantidad de 3.539 euros a la otra mujer por las lesiones y secuelas que le provocó, y al Servicio Extremeño de Salud (SES) con 1.508,97 euros. Además, las costas de este procedimiento se imponen a ambas acusadas a partes iguales. La sentencia es firme y ejecutoria y contra la misma no cabe recurso.