La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dado vía libre al Ejecutivo regional para que inicie las obras de demolición parcial del complejo residencial y de ocio Marina Isla Valdecañas y la revegetación del entorno.

A través de un auto que no es firme y frente al que cabe recurso de reposición, la Sala declara que no existe obstáculo para la ejecución de las tareas comunicadas por la Junta de Extremadura en el plan de trabajo presentado y autoriza a la administración regional a iniciar las actuaciones necesarias para poner en marcha la ejecución de los autos dictados en el incidente de ejecución de Marina Isla Valdecañas.

De este modo, el auto responde a las alegaciones que habían presentado todas las partes implicadas en la diligencia de ordenación de fecha 14 de enero de 2021 dictada en el incidente de ejecución 17/2014 y 18/2014, el cual está recurrido en casación ante el Tribunal Supremo por Ecologistas en Acción. Los escritos fueron presentados por Adenex, Ecologistas en Acción-Coda, Junta de Extremadura, Ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo, las comunidades de propietarios norte, centro y sur del complejo y la empresa promotora Marina Isla Valdecañas, S.A.

El auto aclara que algunos de los pronunciamientos “tienen la condición de firmes”, pues, ninguna de las partes discute sobre ellos y pueden ser ejecutados puesto que el recurso de casación no afectará a estos pronunciamientos. En este sentido, ahonda la fundamentación en que “no se causan perjuicios, no se crean situaciones irreversibles y en nada se obstaculiza lo que el Supremo pudiera acordar si revocase los autos del TSJ de Extremadura por la ejecución de tareas acordadas por la Junta”.

Entre las medidas propuestas por la Junta de Extremadura, la Sala indica que se pueden ejecutar todas las que versan sobre la demolición de todo lo que se encuentra en fase de estructura o no está terminado, es decir, el segundo hotel que estaba previsto construir, las viviendas que estaban proyectadas, las ya terminadas que sirven de oficina a la promotora y el piso piloto. También pueden iniciarse las labores de revegetación, las medidas de vigilancia ambiental, la puesta en funcionamiento de las depuradoras o la señalización e información sobre la ZEPA entre otras.

La Sala señala en el auto que existen otras medidas que afectan al campo de golf, a la iluminación y ruidos, que sí entienden que se podrían ver afectadas por la sentencia que pudiera dictar el Tribunal Supremo, al no mantenerse las mejoras propuestas por la Junta si finalmente todo lo urbanizado desaparece. El TSJEx incide en que se aprueba la ejecución de las medidas señaladas dado que “la adopción temporal de las mismas es claramente beneficiosa para el medio ambiente”.