La Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado parcialmente el recurso formulado por Renfe Viajeros, Sociedad Mercantil Estatal, SA, contra la Resolución de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura de 10 de septiembre de 2019.

De esta forma, se condena a la Junta de Extremadura a pagar a Renfe dos facturas que adeudaba, correspondientes a los años 2017 y 2018, por un importe total de 3,4 millones de euros.

En su sentencia, la Sala declara haber lugar a una serie de procedimientos, como anular la Resolución de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda del 10 de septiembre de 2019 por «no ser ajustada a derecho», así como condenar a la Junta al pago.

En concreto, se condena a pagar 6.259,57 euros por los servicios ferroviarios prestados en 2017, y otros 3.407.304,14 euros por de 2018, unas cantidades que devengarán el interés legal del dinero desde el día 18 de junio de 2019.

Cabe destacar que la Junta de Extremadura y Renfe Viajeros mantienen un contrato de servicio para la prestación de servicios ferroviarios de transporte de viajeros de media distancia en la comuniad con una cantidad máxima a pagar por la Junta de 4,1 millones por la diferencia entre los gastos de explotación y los ingresos comerciales generados por los viajeros.

Así, del contrato vigente hasta el 31 de diciembre de 2017 quedaron pendientes de abonar 6.259,57 euros, según informa el TSJEx en nota de prensa.

En cuanto a la segunda factura, se refiere al servicio prestado por el operador ferroviario durante 2018, para el que «las dos partes coinciden en que no se llegó a firmar un nuevo contrato o la prórroga del anterior debido a discrepancias que surgieron entre las partes».

Sin embargo, la sentencia aprecia que las dos partes estaban dispuestas a mantener la obligación de servicio público a fin de garantizar los transportes de viajeros en Extremadura y añade que la Junta «en ningún momento manifiesta su intención de poner fin al servicio que presa Renfe Viajeros».

Por ello, concluyen, «hay obligación de resarcir a Renfe Viajeros por el déficit de explotación y de compensar económicamente la obligación derivada de la prestación de servicio público».