El toque de queda que limitará la movilidad de los ciudadanos en Extremadura tendrá vigencia entre las 00.00 de la medianoche y las 06.00 de la mañana.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en reunión extraordinaria celebrada de manera telemática durante la tarde del domingo, ha aprobado el decreto de resolución que establece la limitación de la movilidad nocturna en Extremadura.

A pesar de que el decreto aprobado por el Consejo de Ministros fija las limitaciones entre las 23.00 horas y las 06.00 de la mañana, los ciudadanos que residan en Extremadura dispondrán de una hora más de libertad, ya que el toque de queda surtirá efecto a partir de la medianoche. Esto es debido a que el Gobierno ha acordado fijar una norma flexible que permita actuar a los presidentes de cada autonomía en función de la evolución de la pandemia en cada territorio.

Tras la aprobación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que el Gobierno de España ha declarado el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, el Consejo de Gobierno ha aprobado este decreto de resolución mediante el que se establece la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Las autoridades sanitarias consideran que la mayor parte de los brotes se producen en encuentros y reuniones de familiares y amigos dentro de ese horario.

Su aplicación será para todo el territorio de la comunidad autónoma de Extremadura y durante ese periodo solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio.

Esta medida entrará en vigor desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y mantendrá sus efectos hasta la finalización del estado de alarma declarado por el citado Real Decreto 926/2020 y sus eventuales prórrogas, inicialmente previsto hasta el 9 de mayo de 2021.