El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este viernes en sesión extraordinaria aplicar restricciones en las localidades de Alcuéscar, Hornachos y Fuente de Cantos, aunque no se ha declarado su cierre perimetral ya que se conocer la trazabilidad de los casos.

Así lo ha manifestado el consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura, José María Vergeles, quien ha confirmado que la localidad cacereña de Alcuéscar, con 2.593 habitantes, alcanza una cifra de incidencia acumulada a los catorce días superior a los 700 casos por 100.000 habitantes.

Vergeles ha añadido en su comparecencia que no aislará perimetralmente esta población «porque existe una trazabilidad de los contagios ya que en el 68% de los casos no se conoce la trazabilidad». La  tasa de positividad es del 23,02% y «hay que ayudarles a doblegar de la curva», ha afirmado el consejero de Sanidad de la Junta.

Hornachos, con 3.595 vecinos y con una incidencia acumulada a los catorce días de 580 casos por 100.000 habitantes, presenta una tasa de positividad por PCR del 33,33% . «Tasa excesivamente alta y que ha crecido de forma abrupta en el último día pero la trazabilidiad es conocida”, causa por la que el Gobierno regional ha decidido no aislar a esta población pacense.

En el caso de Fuente de Cantos, también en la provincia de Badajoz y que tiene 4.721 habitantes, la tasa de incidencia acumulada es 720 por cada 100.000 habitantes y presenta un índice de positividad de las PCR del 13% . «La trazabilidad es elevada y se adoptan las medidas de restricción de aforos pero no el aislamiento perimetral».

Las medidas de restricción adoptadas por la Junta ya se están aplicando en otras localidades como Almendralejo, Navalmoral de la Mata o Cáceres. Como se ha aprobado hoy y con vigencia para toda Extremadura, las reuniones no pueden superar las seis personas.

El resto de normas señalan que los velatorios no podrán superar las 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados; los lugares de culto no podrán superar un aforo del 50% así como las bodas, bautizos y comuniones y las celebraciones de esos ritos, si es en locales de hostelería que cumplan con las garantías de protección tendrán un máximo de 200 personas en caso de bodas y no superior a 30 en comuniones y bautizos, pero si se hace fuera de un recinto hostelero se considerará una fiesta privada y el aforo de comuniones y bautizos será de 15 personas.

Respecto a los establecimientos comerciales y grandes superficies el aforo será del 50% y en la hostelería y restauración no se permitirá el consumo en barra y dentro del local será del 50% el aforo, al igual que en las terrazas y veladores. En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposición, autoescuelas y academias también el aforo será del 50%. En los espectáculos taurinos el aforo será del 50% pero no podrá superar las 400 personas.

El turismo activo se limitará a 20 personas. También al 50% del aforo serán los congresos y las conferencias o reuniones empresariales o científicas. Los eventos o espectáculo multitudinarios no podrán superar las 400 personas.

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