La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha ratificado en tres autos las medidas acordadas en la resolución del 14 de octubre de 2020 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por la que se adoptan medidas especiales de intervención administrativa de carácter específico y temporal para la contención de la pandemia de la Covid-19 en los municipios pacenses de Llerena, Ribera del Fresno y La Parra.

Estos autos, de fecha 15 de octubre, se suman a otras resoluciones que se han ido adoptando por la Sala para ratificar las medidas sanitarias de contención de la pandemia de los municipios de Badajoz, Cáceres, Almendralejo, Montijo, Navalmoral de la Mata, Cabeza del Buey, Eljas y Malpartida de Cáceres.

Los autos, además, señalan que la Junta de Extremadura deberá comunicar a la Sala Contencioso-Administrativo del TSJ de Extremadura cualquier hecho o incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de las medidas ratificadas o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas.

Como ya informó LA MAÑANA  de Radio Interior, el Consejo de Gobierno de la Junta celebrado este miércoles aprobó la adopción de medidas extraordinarias para frenar la transmisión de la Covid-19 en las localidades de Llerena, Ribera del Fresno y La Parra.

Los datos epidemiológicos de estas localidades así lo requieren, ya que los parámetros objeto de análisis indican la necesidad de medidas preventivas de carácter excepcional para frenar la transmisión del virus. Medidas, que como en otras localidades en igual situación, tienen como objetivo la reducción de aforos en la mayoría de las actividades públicas y la limitación de las reuniones a un máximo de 10 personas.

En la localidad de Llerena, la incidencia acumulada a los 14 días es de 706 casos por cada cien mil habitantes; en los últimos 7 días, la incidencia acumulada es de 430 casos por cien mil.

Otro indicador relevante es que los últimos 7 días, Llerena ha presentado 323 casos más por cien mil habitantes de los que hubiera tenido si su riesgo fuera el mismo que el del Área de Salud al que pertenece y 304 casos más que si el riesgo hubiera sido el mismo que el global de Extremadura. Además, la probabilidad de ser un caso Covid- 19 (razón de tasas) en Llerena en los últimos 7 días ha sido casi cuatro veces superior a la del Área de salud y más de tres veces superior a la de Extremadura. Otro indicador es que apenas el 30% de los casos de los últimos 14 días tienen trazabilidad, según los datos de la Consejería de Sanidad.

La situación de Ribera del Fresno tiene también indicadores que deben reducirse con medidas excepcionales. En esta localidad, en los últimos 14 días, la incidencia acumulada es de 418 casos por cien mil habitantes y en los últimos 7 días la cifra es la misma, 418 casos por cien mil habitantes.

En Ribera del Fresno, en los últimos 7 días, se han presentado 222 casos más de los que hubiera tenido si su riesgo fuera el mismo que su Área de Salud y 291 más que si el riesgo fuera el mismo que el global de Extremadura. La probabilidad de ser un caso Covid-19 en los últimos 7 días ha sido 2,13 veces superior a la del Área y 3,29 veces superior a la de Extremadura; a los 14 días, 1,35 veces respecto al área y 1,83 respecto a Extremadura. De los casos confirmados en los últimos 14 días en la localidad, solamente el 50% tiene trazabilidad.

Con respecto a La Parra, en los últimos 14 días su incidencia acumulada es de 1.560 casos por cada cien mil habitantes; y en los últimos 7 días  se sitúa la incidencia en 594 casos por cien mil. En cuanto a la diferencia de riesgo, La Parra ha presentado en los últimos 7 días 470 casos más de los que hubiera tenido si su riesgo fuera el mismo que el de su Área de salud y 467 casos más que el global de Extremadura. La probabilidad de ser un caso Covid-19 en los últimos 7 días supera en siete veces al Área y a Extremadura.

Al igual que en las otras poblaciones en su misma situación (Cáceres, Montijo, Almendralejo, Navalmoral de la Mata y Cabeza del Buey) las medidas son: limitar las reuniones a no más de 10 personas; en los velatorios no podrán superar las 25 personas al aire libre ó 15 en espacios cerrados; los lugares de culto no podrán superar un aforo del 50% así como las bodas, bautizos y comuniones y las celebraciones de esos ritos. Si es en locales de hostelería tendrán un máximo de 200 personas en caso de bodas y no superior a 30 en comuniones y bautizos, pero si se hace fuera de un recinto hostelero, se considerará una fiesta privada y el aforo de comuniones y bautizos será de 15 personas.

Respecto a los establecimientos comerciales y grandes superficies el aforo será del 50% ; en la hostelería y restauración no se permitirá el consumo en barra y dentro del local será del 50% el aforo, al igual que en las terrazas y veladores. En bibliotecas, archivos, museos, salas de exposición, autoescuelas y academias también el aforo será del 50%. En los espectáculos taurinos el aforo será del 50%, pero no podrá superar las 400 personas. El turismo activo se limitará a 20 personas. También al 50% del aforo se aplicará a congresos y  conferencias o reuniones empresariales o científicas. Los eventos o espectáculos multitudinarios no podrán superar las 400 personas.

La previsión es que las medidas para estas localidades se publiquen este jueves en el Diario Oficial de Extremadura y entren en vigor a las doce de la noche del día de su publicación.