La “práctica del botellón” en la zona de La Alameda de Moraleja será sancionada con hasta 120 euros de multa, según la ordenanza municipal aprobada por el ayuntamiento en la última sesión plenaria, en la que se regula la zona de baño de la piscina natural de este área de esparcimiento.

El ayuntamiento entiende como “práctica del botellón” el consumo de bebidas, preferentemente alcohólicas, por parte de grupos de personas en las zonas de baño, a excepción de las terrazas y veladores expresamente autorizados. La ordenanza aclara que la autoridad municipal podrá interpretar si el consumo de alcohol forma parte la “práctica del botellón”.

La ordenanza regula algunas de las acciones permitidas o prohibidas con el fin de mantener la piscina natural “La Alameda” en las debidas condiciones de limpieza, higiene, salubridad y será de aplicación al uso del espacio público que constituye el parque fluvial Feliciano Vegas. La temporada de baño abarcará hasta el 8 septiembre siempre que las condiciones hidráulicas lo permitan.

El ayuntamiento ha establecido en la ordenanza los usos permitidos y prohibidos en la zona y ha anunciado que la comisión de tres infracciones graves podrá suponer una sanción económica de 400 euros. Asimismo, el incumplimiento de las órdenes o los requerimientos específicos formulados por las autoridades municipales o sus agentes también acarreará una multa de 400 euros.

Todas las faltas graves estarán penadas con multas que van desde los 60 a los 120 euros. Se consideran infracciones graves realizar fuego, cocinar o usar bombonas de gas; usar gel, champú u otros productos de higiene; acampar; realizar actividades lucrativas; orinar o defecar fuera de los lugares habilitados o destrozar el mobiliario urbano.