ISABEL BARRANTES 

 

El Ejecutivo regional invertirá 1.860.200 euros en ayudas para el fomento de la natalidad, en el ejercicio de este año. La finalidad de estas ayudas es subvencionar a las familias residentes en la región por el nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o situación equivalente, en caso de adopción internacional, con la finalidad última de incentivar la natalidad en la región.

Estas subvenciones exigen el cumplimiento de determinados requisitos generales, como que el hecho causante se produzca entre el 1 de noviembre de 2015 y el 31 de octubre de 2016.

Asimismo, que la renta anual de la unidad familiar no supere tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) considerado en doce mensualidades. Este número se irá incrementando en 0,5 puntos por cada hijo adicional.

También residir de forma legal en España, en caso de solicitantes no españoles, y no estar incurso en la prohibición de ostentar la condición de beneficiario de la ayuda.

En las bases reguladoras se establecen requisitos distintos y cuantías diferentes de la subvención en función de la población de residencia.

Para la primera modalidad, Programa de Ayudas a la Natalidad en el Medio Rural, deben acreditarse tres años de empadronamiento inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud en poblaciones que no superen los 3.000 habitantes.

Si no queda acreditada la citada antigüedad, a la persona solicitante se le aplica el régimen jurídico previsto para quienes residan en poblaciones que superen los 3.000 habitantes, de forma que el primer hijo no generará derecho a la ayuda, salvo que se tratara de nacimientos, acogimientos o adopciones múltiples

En este caso, la ayuda consiste en el abono de un pago único de 1.400 euros por hijo, incluido el primero.

Para la segunda modalidad, Ayudas a las Familias, debe acreditarse un año de empadronamiento inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud en poblaciones que superen los 3.000 habitantes o, en su defecto, acreditar cinco años de residencia en Extremadura a lo largo de los últimos diez años.

En este caso, la ayuda consiste en el abono de un pago único de 500 euros por el segundo hijo y de 1.000 euros por cada hijo a partir del tercero inclusive.

Si el nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo o equivalente, en caso de adopción internacional, fueran múltiples, la ayuda consiste en un pago único de 1.000 euros por hijo.