El Consorcio Extremeño de Información al Consumidor desarrolla durante este mes una campaña de recomendaciones a tener en cuenta en la participación en subastas por Internet y sobre la utilidad de la firma electrónica, que llegará a las 17 mancomunidades de municipios que están adheridas a este órgano.

Según explica el Consorcio, dependiente del Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX), el desarrollo tecnológico ha generado nuevos sistemas de información y comunicación y nuevos modelos de compra en sociedad, “lo que supone un nuevo reto en la defensa de los consumidores y usuarios”.

Como respuesta a esta necesidad surge, entre otros, la firma electrónica como un instrumento capaz de permitir la comprobación de la procedencia e integridad de los mensajes intercambiados a través de las redes de telecomunicaciones

FIRMA ELECTRÓNICA

Según explica el Consorcio, la firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o están asociados a un documento electrónico y cuyas funciones básicas son identificar al firmante de manera inequívoca; asegurar que el documento firmado es exactamente el mismo que el original; y asegurar la integridad del documento firmado, es decir, que los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha rubricado el documento.

La realización de la Declaración de la Renta a través de Internet, solicitudes en los registros electrónicos administrativos, petición de la vida laboral, recepción de notificaciones electrónicas, o firma de facturas y correos electrónicos son algunos ejemplos de operaciones que se pueden realizar actualmente haciendo uso de la firma digital.

Sus ventajas son numerosas, destaca el Consorcio, y menciona como tales la simplificación, rapidez y automatización en las tramitaciones y gestiones; la movilidad, al permitir firmar un documento desde cualquier lugar sin necesidad de un desplazamiento físico; el ahorro de tiempo y costes; la reducción de errores al eliminar procedimientos manuales, y la seguridad que aporta.

SUBASTAS POR INTERNET

Respecto a las subastas por internet, el Consorcio Extremeño de Información al Consumidor explica que estos sitios web constituyen una plataforma de compraventa que permite a los usuarios ofrecer, vender y comprar prácticamente de todo, en una amplia variedad de formatos de precio y ubicaciones, tanto entre particulares como empresarios y particulares.

Señala que hay que tener en cuenta si la compra se realiza mediante empresas vendedoras que ofrecen productos en la red, o entre dos particulares. En concreto, cuando se compra a una empresa o a un profesional, los artículos nuevos tienen una garantía de dos años, mientras que si son usados pueden tener una garantía inferior, según se haya pactado, que nunca será menor de un año.

Si el vendedor es un particular, la ley de garantías no le es de aplicación, sí el Código Civil de responsabilidad por vicios ocultos así como las condiciones que pacten el vendedor y el comprador, añade.

AL PUJAR SE SUSCRIBE UN CONTRATO

“Pujar es entretenido, pero debemos saber que al hacer una puja se está suscribiendo un contrato vinculante”, advierte el Consorcio, que subraya que todas las pujas están activas hasta que el anuncio finaliza “y, si ganamos, estaremos obligados a completar la transacción”.

Asimismo, informa de que al darse de alta en este tipo de páginas webs, “nos convertimos en usuarios registrados aceptando las condiciones de uso de las mismas, por lo que debemos leerlas antes de registrarnos”.

Respecto a las recomendaciones de compra, aconseja leer atentamente el anuncio del artículo antes de pujar por él, así como revisar la puja antes de confirmarla.

No hay que pujar por el mismo artículo en distintos anuncios si sólo se quiere comprar uno dado que, “si se ganan ambos, se estará obligado a comprar los dos”.

Además, agrega, cuando se compra un artículo, se compromete a cumplir con las normas para los compradores.

Por otra parte, explica que estos sitios webs actúan como intermediarios y no están, normalmente, involucrados en la transacción real entre compradores y vendedores, de modo que el contrato de compraventa se hace directamente entre el comprador y el vendedor.