El Diario Oficial de Extremadura ya ha publicado la Ley 9/2014 que recoge la normativa que regula la Renta Básica Extremeña de Inserción que tiene como fin determinar y regular en la región el acceso al derecho subjetivo a la renta básica, destinada a cubrir las necesidades básicas de quienes se encuentran en situación de exclusión o riesgo de exclusión y a promover su integración social y laboral.

En la nueva normativa se incluyen importantes modificaciones que implican la simplificación en la petición de documentación, la reducción de la carga burocrática y la prestación de una mayor atención ciudadana mediante de los Servicios Sociales de Base, los cuales tramitarán las solicitudes.

La determinación de las rentas a percibir se hará a través de criterios más objetivos de cálculos que la anterior y se aumenta la cuantía mínima y máxima.

En cuanto a la solicitud, se establecen convocatorias trimestrales (la primera convocatoria se abrirá en este mes de octubre) y podrá ser solicitada por más de una persona en la misma unidad familiar. 

La concesión de esta prestación se amplia de 6 a 12 meses, de manera que en el trimestre anterior a su finalización el beneficiario de la misma podrá volver a  solicitarla de modo anticipado.

Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de  ley se regirán por la normativa anterior salvo en lo referido a la determinación de las rentas. En estos casos se les concede la renta básica por seis meses, y luego podrán acogerse a las nuevas convocatorias con una duración de un año.

Los actuales beneficiarios de la normativa modificada también podrán solicitar la renovación hasta el 31 de diciembre de 2014 y en esa fecha podrán volver a solicitarla  para la anualidad siguiente. Los beneficiarios de la extinta normativa que estén disfrutando de una primera renovación no podrán solicitar una segunda al finalizar la vigencia de aquella, pero  sí volver a solicitar la prestación.